Triste ver una corta, cortísima lista de exfuncionarios inhabilitados en la Función Pública en Veracruz y algunos no figuran en cargos estatales, algunos se fueron a otros estados y uno en especial, se convierte en fedatario, cuando la ley se lo impide. Los gobiernos de Morena se vendieron como los honestos, austeros y republicanos, llegando con $20 pesos en la cartera, para convertirse en socios de rellenos sanitarios, dueños de bares, restaurantes y contar con inmuebles en fraccionamientos exclusivos. Y haciendo cuentas, con sus sueldos no alcanza para justificar sus fortunas.
Con la liga: https://www.pdaveracruz.org/s3 se pueden consultar la lista de servidores públicos inhabilitados por faltas graves y en algunos el castigo ha sido hasta por 10 años de inhabilitación. En su mayoría eran funcionarios del Poder Judicial de Veracruz. Casos como Manuela Saldaña Ríos, quien fue la titular de la Subdirección de Recursos Financieros, con el expediente 29/2024-II, por daño patrimonial con motivo de la contratación irregular de bienes y servicios, con inhabilitación por 10 años, a partir del 10 de septiembre de 2024. El mismo caso se observa la inhabilitación en contra de Joana Marlén Bautista Flores.
Otro de los inhabilitados por 10 años es Elvis Viveros Arroyo, exjefe de Departamento de Servicios Generales del Poder Judicial del Estado de Veracruz, bajo el expediente 29/2024-II por daño patrimonial con motivo de la contratación irregular de bienes y servicios, con fecha de resolución del 9 de septiembre de 2024 y su inhabilitación termina hasta 2034.
Una inhabilitación interesante es la de Ofir Aly Gutiérrez Ponce, exsubdirector de Recursos Materiales del Poder Judicial del Estado de Veracruz, bajo el expediente 29/2024-II, siendo una falta administrativa grave por el “daño patrimonial con motivo de la contratación irregular de bienes y servicios”, siendo la fecha de la resolución el 9 de septiembre de 2024, dictaminando el Pleno del Consejo de la Judicatura la inhabilitación por 10 años, hasta septiembre de 2034.
Sobre este caso en particular, Ofir Aly Gutiérrez Ponce está inhabilitado para ejercer cualquier puesto público y curioso, actualmente tiene actividad en la función notarial, como adscrito de la Notaría Pública número 4, de Xalapa. Y nos comenta una fuente: “Eso amerita revocación de la patente notarial y sabíamos que ya tenían su revocación en el escritorio, pero por dinero y relaciones públicas pararon la revocación. Yo no sé si estaba enterada la gobernadora Rocío Nahle García”.
Si bien la Ley Notarial indica en el Artículo IV: “ Gozar de buena conducta y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza o cualquier otro de carácter doloso, que lastime seriamente su buena fama para desempeñar la función notarial, lo inhabilitará para obtener la patente, cualquiera que haya sido la pena”.
Además, en el Capítulo Segundo de las Sanciones:
• Artículo 164: “Los Notarios titulares, Adscritos o Suplentes en funciones, según el caso, serán responsables por el incumplimiento de las funciones, obligaciones, impedimentos o excusas previstas en la Ley y podrán ser sancionados en los términos de la misma; lo anterior, sin demérito de las demás responsabilidades civiles, administrativas o penales que dispone la legislación aplicable.
• Artículo 165. Las sanciones se aplicarán en consideración a la gravedad del caso, a los daños y perjuicios que se hubieren causado y a las demás circunstancias que concurran en la comisión de los hechos.
• Artículo 166. El Ejecutivo, por conducto de la Secretaría o de la Dirección General, podrá determinar y, en su caso, imponer a los Notarios titulares, Adscritos o Suplentes en funciones, las sanciones previstas en la Ley, que resulten del procedimiento de supervisión notarial mediante visitas general o especial previstas en el presente Título.
• Artículo 167. Los Notarios titulares, Adscritos o Suplentes en funciones, podrán ser suspendidos temporalmente de sus funciones, por:
I. Sanción de la autoridad competente, en términos de la Ley;
II. La emisión de un auto de vinculación a proceso debido a la comisión de un delito doloso y hasta que cause estado la sentencia absolutoria que se dicte. El juez que dicte el auto de vinculación a proceso lo hará inmediatamente del conocimiento del Ejecutivo, por conducto de la Secretaría o de la Dirección General, para que se emita el acuerdo de suspensión temporal de su función notarial.
Otro caso emblemático es el de Felipe Hernández Franco, exsubjefe de la Jurisdicción Sanitaria IV, en Martínez de la Torre, quien fue inhabilitado en la función pública por 10 años, bajo el expediente PRA/44/2021/SRC-IX, bajo una falta grave por negligencia administrativa en la Secretaría de Salud y Servicios de Veracruz, siendo la Sala Regional Unitaria Centro del Tribunal de Justicia Administrativa de Veracruz, quien lo inhabilitó del 15 de abril de 2025 hasta el 2035.
Un caso que nos llamó la atención es el de Alma Aleida Sosa Jiménez, quien siendo jueza de control y enjuiciamiento adscrita al Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral, le abrieron un expediente con el número 116/2023-I, porque se apartó de su actuar con imparcialidad y profesionalismo al no haberse excusado del citado proceso, siendo inhabilitada por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 13 de marzo de 2024, por un año de inhabilitación. Recordamos a la jueza Alma Laieda Sosa como una jueza grosera, prepotente y que manipuló nuestro caso en contra del expolicía Daniel Iván Rivera Domínguez y otros involucrados que ahora se dicen mártires del sistema y fueron acusados por amenazas de muerte en contra de la autora de esta columna y esta juez, durante las audiencias, maltrató a la periodista Claudia Guerrero y nunca respetó nuestra condición de víctima. Este caso lo ganamos en la primera instancia como lo dimos a conocer con la liga: https://claudiaguerrero.mx/hicimos-historia-primer-caso-culpabilidad-amenazas-muerte-una-periodista-veracruz/ y luego en la última, lo exoneraron. Lo interesante que este expolicía Daniel Iván Rivera Domínguez nunca tuvo su castigo, aún cuando en los mensajes de amenazas tenían sus huellas dactilares, bajo estudio y cadena de custodia pericial. Y nunca tuvimos justicia, en este caso, ni en otra denuncia interpuesta por una servidora en contra del pseudo periodista Ricardo Ramírez Juárez, dueño del Portal En Privado, quien es hoy el arrastrado asistente a las ruedas de prensa de Norma Rocío Nahle García, pues a la gobernadora de Veracruz le gustan los periodistas alabadores, sin cerebro y que no cuestionen.
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