SEP y Profeco: Emergencia sanitaria no exime el pago de colegiaturas. | ||||||
Profeco y la SEP coinciden que las escuelas particulares y padres de familia deben conciliar las mejores condiciones para el pago | ||||||
Martes 05 de Mayo de 2020 | ||||||
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Además, la SEP respalda el criterio de la Profeco en el sentido de que la emergencia sanitaria no exime ni libera a las partes de sus obligaciones, pues debe garantizarse el derecho a la educación, por lo que se recomienda no tomar alguna medida administrativa que afecte a los alumnos en la continuidad de sus estudios y del ciclo escolar 2019-2020. “A pesar de que no haya clases presenciales, las escuelas públicas y particulares deben mantener su compromiso con los alumnos y asignar actividades o tareas, para cumplir con los planes y programas de estudio. Asimismo, la SEP recomienda que las escuelas particulares, en todos sus niveles, mantengan los pagos del personal docente y administrativo de sus planteles, a partir del cobro de colegiaturas” indicó la Secretaría a través de un comunicado. Recomiendan flexibilidad en los colegios Por otra parte, la dependencia señaló que para superar la presente situación de emergencia sanitaria y sus repercusiones económicas, los colegios particulares deben ser flexibles, al considerar las necesidades de madres y padres de familia que han perdido ingresos o el mismo empleo. La SEP precisa, además, que de conformidad con la legislación vigente, la Profeco es la instancia de mediación y litigio entre particulares, por lo que los exhorta a establecer acuerdos en coordinación y concordia. Finalmente, se reitera que la dependencia no tiene atribuciones respecto al pago de colegiaturas, por lo que es pertinente el diálogo y el acuerdo entre las escuelas particulares. |
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