Ordenan a Semar informar sobre búsqueda de los 43 en río San Juan. | ||||||
La Semar deberá entregar toda la información generada y documentada, de la que se desprendan: fechas, número de elementos, reportes, hallazgos o tarjetas informativas que guarden relación con el operativo o actuación de sus elementos. | ||||||
Domingo 18 de Noviembre de 2018 | ||||||
Por: jornada.unam.mx | ||||||
La Semar deberá entregar toda la información generada y documentada, de la que se desprendan: fechas, número de elementos, reportes, hallazgos o tarjetas informativas que guarden relación con el operativo o actuación de sus elementos. “La entrega de la información no sólo abonará a la rendición de cuentas, sino que además se trata de información que contribuirá a develar la actuación de las autoridades involucradas en la investigación de este caso, que, hasta el momento, no ha sido esclarecido de forma satisfactoria para la sociedad mexicana”, afirmó el comisionado Oscar Guerra Ford, al presentar el asunto ante el Pleno. La particular que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el Inai, en el que manifestó que la Semar entregó la información incompleta. En el análisis del caso, se advirtió que el sujeto obligado transgredió el derecho de acceso a la información de la recurrente, pues se limitó a entregar un informe, que no atiende en su totalidad la solicitud. La Semar debió proporcionar los documentos que dieran cuenta sobre la participación e intervención de sus elementos en cada operativo o actuación. Sin embargo, sólo generó un reporte y decretó formalmente la inexistencia de la información requerida. |
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