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Xalapa, Ver.-
Por segunda ocasión en una semana, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) declaró al Estado mexicano responsable de la desaparición, “tortura sexual” y feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, una joven madre de 17 años asesinada en 2001, en Ciudad Juárez, Chihuahua. Este tribunal determinó que el caso sucedió en un contexto de “violencia de género y de impunidad generalizada”, durante el gobierno de Vicente Fox. Además, la Coridh declaró la responsabilidad internacional de México por la falta de prevención de los ataques y amenazas sufridas por Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, impidiendo así ejercer su derecho a defender derechos humanos. En su momento, Norma denunció que ha sido víctima de dos atentados: en diciembre del 2011 afuera de su domicilio en Ciudad Juárez un sujeto le disparó en cinco ocasiones a la altura del pecho y en el hombro izquierda, y dos meses después en el centro del país, un hombre la apuñaló en el cuello. Tales hechos, señaló el tribunal, también acarreraron violaciones a los derechos de los padres de Lilia Alejandra, y sus hijos Jade Tikva y José Kaleb García, quienes sufrieron además una violación a los derechos de la niñez y enfrentaron una situación de desprotección institucional y de victimización. En la notificación de la sentencia, que se realizó este en audiencia pública virtual, la Corte estableció la responsabilidad por la violación a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la igualdad por la falta de una debida investigación de los hechos perpetrados contra Lilia Alejandra y su madre. También resolvió que el Estado violentó los derechos a la vida, la integridad a no ser sometida a tortura, a la libertad personal, a la protección de la niñez, a la igualdad, a la verdad, y al derecho a vivir libre de violencia a raíz de la desaparición, violación y posterior feminicidio de Lilia Alejandra, quien soñaba con ser periodista. A casi 25 años de la desaparición y posterior feminicidio de la joven, quien trabajaba en una planta maquiladora de la ciudad fronteriza, la Coridh confirmó que la causa de su muerte fue por “estrangulamiento manual con características de homicidio posterior a un ataque sexual”. Además, enfatizó, que estos hechos ocurrieron en un contexto de violencia contra las mujeres, situación de la que ya había alertado este tribunal tras emitir una sentencia sobre el caso del Campo Algodonero, en diciembre de 2009, por tres asesinatos impunes de mujeres en Ciudad Juárez. Este lugar se convirtió un foco de atención nacional e internacional, debido a que en años anteriores se dio cuenta de la desaparición de niñas y mujeres, cuyos cuerpos eran hallados después con evidentes signos de tortura y vejaciones sexuales. Nancy Hernández López, jueza presidenta de la Coridh, puntualizó que como medidas de reparación se ordenó al Estado mexicano a diversas reparaciones, entre ellas a continuar con las investigaciones del feminicio de Lilia Alejandra y las agresiones contra su madre, quien ha denunciado que a casi 25 años de los hechos sólo hay un detenido de nombre Manuel Navarro, pero la familia y sus abogados no tienen certeza que esté relacionado con los hechos. “El Estado deberá conducir eficazmente el proceso penal en curso y de ser el caso, los que se llegasen a abrir, identificar y procesar y en su caso sancionar los responsables materiales e intelectuales de la desaparición, tortura sexual y privación de la vida de Lilia Alejandra García Andrade”, enfatizó la Corte en su sentencia. En el fallo, el tribunal señaló que debe realizarse un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas, así como brindar atención médica, sicológica o siquiátrica gratuita de forma inmediata, adecuada y efectiva a través de instituciones de salud especializadas a Norma Esther, Jade Tika y José Caleb, madre e hijos de la joven asesinada, el 14 de febrero de 2001. A partir de hoy, el Estado tendrá un año para rendir un informe a la Coridh sobre las medidas adoptadas para cumplir con el fallo. “La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y el ejercicio de sus atribuciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma”, concluyó.
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