De Veracruz al mundo
Una buena noticia: Entra en vigor la cancelación inmediata de suscripciones de plataformas digitales sin penalización.
Sábado 13 de Diciembre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.-


El gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo agregó modificaciones a la Ley Federal del Consumidor, las cuales protegerán a la población que utiliza servicios digitales, como el streaming, que hace cobros automáticos recurrentes. En el Diario Oficial de la Federación (DOF) emitió el decreto por el cual se adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de dicha ley, las cuales entrarían en vigor a partir de este sábado 13 de diciembre. Ante ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informa que esta medida busca proteger los derechos de las personas consumidoras en línea. Entre las modificaciones destaca que el proveedor debe permitir la cancelación inmediata del servicio, suscripción o membresía, sin contravenir las disposiciones contractuales. La ley también establece que el proveedor debe informar claramente si el servicio tiene cobros automáticos recurrentes, incluyendo su periodicidad, monto y fecha. Además, estos cobros requieren consentimiento expreso e informado y si el servicio se renueva automáticamente, debe notificar al menos cinco días antes y permitir la cancelación sin penalización. La Profeco indica que esta medida también es para proveedores de televisión restringida (de paga), telefonía fija y móvil e internet. Los cambios en la Ley Federal del Consumidor también indican que las empresas que proveen servicios digitales deben respetar la decisión del consumidor sobre la cantidad, calidad y si quiere recibir avisos comerciales. Además, firmas como HBO, VIX y Netflix, entre otras, deben evitar estrategias de venta o publicidad que no den información clara y suficiente, especialmente para grupos vulnerables como niños, ancianos y enfermos. Aunado a ello, es su deber advertir si la información no es apta para ellos. En un comunicado, la Profeco señala que si los proveedores no cumplen con las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, las personas consumidoras pueden presentar su queja o denuncia a través de los canales oficiales de la dependencia.



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