| Corte doblega a Salinas Pliego, deberá pagar deudas al SAT por más de 48 mil mdp. | ||||||
| Cada juicio será devuelto a tribunales colegiados de origen, para que los magistrados ordenen que se realicen los pagos con base en los montos que determine el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las actualizaciones, multas y recargos. | ||||||
| Jueves 13 de Noviembre de 2025 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
Cada juicio será devuelto a tribunales colegiados de origen, para que los magistrados ordenen que se realicen los pagos con base en los montos que determine el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las actualizaciones, multas y recargos. En distintos proyectos, los ministros coincidieron que los recursos de las empresas de Grupo Salinas carecían de interés excepcional constitucional sobre la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) con los que combatían los adeudos fiscales, debido a que existen precedentes en el alto tribunal que ya han resuelto las cuestiones de constitucionalidad planteadas. Los fallos de la Corte también marcan precedentes para tribunales y juzgados, que impactarán en juicios similares, incluso del mismo conglomerado, que combaten las mismas normas, lo que facilitaría su resolución. Los siete asuntos se resolvieron mediante 15 proyectos presentados por siete ministros, relativos a amparos directos en revisión, impedimentos y recursos de reclamación. El caso que tomó más tiempo —26 minutos— fue el amparo directo en revisión 6321/2024, que impugna el crédito más alto: 33 mil 306 millones 476 mil 459 pesos por ISR, recargos, multas y actualizaciones del ejercicio fiscal 2013. Tras atender litigios accesorios, el Pleno desechó el amparo al resolver un recurso de reclamación de la Secretaría de Hacienda, que revocó el acuerdo del 21 de agosto de 2024 con el que la entonces ministra presidenta, Norma Piña, había admitido la revisión. Entre los asuntos resueltos también estuvo un recurso de impedimento promovido por Elektra contra la ministra Lenia Batres Guadarrama, declarado infundado. En este punto, el nuevo Pleno revirtió el criterio de las extintas salas que habían apartado a la ministra de dos casos del conglomerado por un supuesto riesgo de parcialidad derivado de comentarios críticos hacia Ricardo Salinas Pliego y sus empresas publicados en 2020 y 2021. |
||||||
|
|
||||||
Nos interesa tu opinión |
||||||
| > Directorio > Quiénes somos |
| ® Gobernantes.com Derechos Reservados 2016 |