De Veracruz al mundo
SCJN exhibe de nuevo al gobierno de Cuitláhuac García; declara invalidez de Ley de Austeridad en Veracruz.
Miércoles 16 de Julio de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
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XALAPA.- Por enésima ocasión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación exhibió el abuso de poder y el autoritarismo con el que se condujo el ex gobernador morenista Cuitláhuac García Jiménez – el peor gobernador de la historia de Veracruz -, así como la sumisa mayoría legislativa de Morena en el Congreso local, luego de resolver una Controversia Constitucional donde determinó la invalidez de algunos artículos de la Ley de Austeridad para el Estado de Veracruz, al considerarlos violatorios de los derechos constitucionales de los mexicanos. La citada ley fue publicada por el ex gobernador García Jiménez y aprobada por la primera legislatura donde Morena fue mayoría en el año 2018. La controversia constitucional 24/2019 fue presentada por algunos magistrados del Poder Judicial donde acusaron la invalidez de varios artículos de la citada ley, sin embargo, los ministros precisaron que 3 artículos sí resultaron inconstitucionales. En ese tenor, la SCJN estableció que resultó fuera del marco normativo el artículo 3 de la citada ley, que refiere que: “Los servidores públicos de la entidad recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente. Queda prohibido establecer o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación individualizada o colectiva por parte de los entes públicos locales para beneficio de cualquier servidor público, con excepción de aquellos necesarios por corresponder a una función de alto riesgo, conforme a lo establecido en la ley”. En este sentido, los magistrados y jueces al jubilarse podrán recibir un haber de retiro, como se había aprobado previamente, beneficio que les fue retirado durante el sexenio anterior. De igual forma se invalidó el artículo 9, que establecía que se prohibía la contratación de servicio de telefonía, fotocopiado, pago de combustibles, arrendamientos, viáticos, remodelación de oficinas, pues tales gastos debían ser inferiores a los del año previo. Por último la Suprema Corte de Justicia de la Nación también eliminó un párrafo del artículo 13, en el que se establecía que sería una falta grave ir en contra de lo señalado por la Ley de Austeridad para el Estado de Veracruz. Tal resolución ya fue informada al Congreso del Estado de Veracruz, el cual habrá de hacer las reformas necesarias y cumplir con lo mandatado por los ministros.

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