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XALAPA.- Los datos de las personas que reciben apoyos sociales fueron entregados al Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) o al menos del Estado de México, donde los capacitadores han acudido a buscar prospectos para ser alfabetizados, ya que cuentan con su dirección y teléfono. Al acudir se han topado con personas que han fallecido hace años, e incluso han tenido que explicar cómo es que tienen los datos de los ahora occisos. De acuerdo con un reportaje de Crónica, las secretarías del Bienestar -en todos sus ámbitos- filtraron durante las últimas semanas al INEA sus listados de programas sociales y censos, lo cual, como explicaremos más adelante, representa una violación a las leyes de Transparencia y Protección de Datos Personales. De acuerdo con los testimonios del personal entrevistado, las listas fueron cedidas a los mandos del Instituto, de ahí “bajaron” a los directores generales de cada estado, a los coordinadores de cada alcaldía y municipio, a los técnicos docentes y hasta al último escalafón, los apoyos territoriales. Se transfirieron tanto de manera física, en papel impreso, como de forma digital, vía WhatsApp. Las autoridades del INEA ordenaron a los trabajadores implementar un “plan de discreción”, en el cual se encubrieron nombres y se identificaron a los posibles educandos sólo con su “ID PSN”. “El coordinador filtró los datos por colonias y las repartió entre todos los territoriales. La orden fue que acudiéramos a los domicilios señalados y tocáramos la puerta, pero sin preguntar directamente por la persona, porque es información clasificada. Teníamos que presentarnos, soltar el choro y preguntar si había algún interesado en aprender a leer y escribir”, contó Javier, Apoyo Territorial en la alcaldía Coyoacán. El caso fue consultado con Adrián Alcalá, ex comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, experto en estos tópicos. ¿Deben difundirse o publicarse datos personales de los beneficiarios de programas sociales como direcciones y teléfonos?, se le preguntó. “Si bien la transparencia de datos exige máxima divulgación, para rendición de cuentas y control ciudadano a las autoridades, la protección de datos personales implica el consentimiento de la persona: voy a recabar tus datos para tal finalidad”. “El artículo 65 de la nueva Ley General de Transparencia, en su fracción 14, inciso q señala que el padrón de personas beneficiarias deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o moral, monto, recurso, apoyo otorgado y, en su caso, edad y sexo, pero nunca habla de difundir correos, domicilios, teléfonos o contactos”. Cuestionado si ¿Es ilegal? Respondió: “Claro, pero ojo: una cosa es que la Secretaría del Bienestar recabe esos datos y otra cosa es que los publique, puede recabar el domicilio para una verificación, por ejemplo, de la Auditoría Superior de la Federación, pero sólo es para efectos de investigación, no de divulgación. En el caso que me planteas, están compartiendo información que no es obligación de ley compartir ni difundir”. Aclara que Bienestar puede ceder su base de datos al INEA, solo en caso de que tenga autorización legal para hacerlo. Es de mencionar que INEA realiza una campaña para terminar con la alfabetización esto para obtener para México bandera blanca de la UNESCO como país libre de analfabetismo.
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