Alcaldes y legisladores de la 4T se oponen a la "congelación" de la revocación de mandato. | ||||||
Hace unos días los gobernadores de 18 estados se pronunciaron en contra de esta medida | ||||||
Lunes 20 de Diciembre de 2021 | ||||||
Por: El Heraldo de México | ||||||
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El pronunciamiento se suma a la carta que emitieron ayer 18 gobernadoras y gobernadores de la 4T que también rechazaron la decisión del INE y llamaron a reactivar los trabajos preparativos. En la nueva misiva, que cita los nombres de centenares de alcaldes y legisladores emanados de Morena, Partido del Trabajo, Partido Verde e institutos políticos locales, se manifestaron a estamos “a favor de los derechos civiles y políticos consagrados en la Constitución Mexicana”. “Queremos que nuestras voces se escuchen desde Tijuana hasta Tapachula. Las mexicanas y mexicanos hemos recorrido un largo camino para dotarnos para hacer realidad nuestro derecho a la democracia participativa. Al lado del pueblo y con un compromiso firme con la democracia vamos a defender nuestro derecho a ser tomados en cuenta”, señala. Los firmantes argumentan que “millones de ciudadanas y ciudadanos han ejercido su derecho constitucional” de solicitar con firmas la consulta para la revocación de mandato, mismo que se encuentra consagrado por el artículo 35 de la Carta Magna. Exponen que los derechos constitucionales sólo pueden suspenderse por las causas y mediante el mecanismo de control establecido por el artículo 29 constitucional, esto es, cuando existe invasión, perturbación grave de la paz pública o peligro para la sociedad. “La resolución impuesta por una ajustada mayoría de consejeros electorales (6 contra 5), suspende el derecho constitucional a la consulta, sin que se atienda a ninguna de las causales previstas. La suspensión de derechos sólo puede existir mediante autorización expresa del Poder Legislativo Federal, en el que están representadas las 32 entidades, por lo que se advierte una notoria invasión de facultades”, exponen. Además, apuntan que la resolución del INE vulnera lo dispuesto por el artículo 29 Constitucional y el diverso 27.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, ambas disposiciones que prohíben la suspensión de los derechos políticos. |
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