De Veracruz al mundo
No pasa dictamen que pretendía legalizar el aborto en Veracruz; Suprema Corte de Justicia vota en contra.
El proyecto de referencia establecía que el Congreso de Veracruz incurrió en omisión al no haber reformado los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para despenalizar el aborto.
Miércoles 29 de Julio de 2020
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.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron - con cuatro votos en contra y solo uno a favor -, desechar el proyecto de sentencia que pretendía obligar al Congreso de Veracruz a reformar el Código Penal del Estado.


El proyecto de referencia establecía que el Congreso de Veracruz incurrió en omisión al no haber reformado los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para despenalizar el aborto.


Así las cosas, de haberse aprobado el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se habría logrado despenalizar el aborto hasta la décimo segunda semana de gestación, así como incluir la causal de aborto por riesgo para la salud de la mujer y eliminar el plazo de 90 días para el aborto en casos de violación.



Al hacer su posicionamiento, el ministro González Alcántara Carrancá, quien fue el único que votó a favor de su proyecto, insistió en que el Congreso de Veracruz incurrió en omisión legislativa al no modificar el Código Penal tras las recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim).




“Las quejosas contaban con un interés legítimo para reclamar dichas omisiones pues su objeto se enfoca en la protección y derechos humanos de las mujeres (…) dadas las obligaciones convencionales contraídas por el Estado mexicano, particularmente de la Cedaw y Convención Belem Do Pará, que vinculan a todas las autoridades sí existe una obligación legislativa que vincula al Congreso de Veracruz para reformar sus normas locales en relación a la interrupción del embarazo”.




A su vez, la ministra Norma Lucía Peña Hernández, indicó que la Corte no puede sustituir al Congreso de Veracruz para ordenarle legislar en ese sentido.




“Si lo hubiera, la forma de regular es algo que corresponde a la discrecionalidad legislativa y no podría imponerse una regulación específica porque la Corte incurriría en un activista judicial que desbordaría sus facultades constitucionales”.




Por su parte, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat señaló que su voto sería en contra al señalar que no hay omisión legislativa porque la noma sí existe y que no hay un mandato específico para legislar en sentido determinado.




Al hacer uso de la voz, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo también se pronunció en contra del proyecto de sentencia y el sobreseimiento del juicio de amparo, lo mismo que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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