Memorándum de López Obrador carece de norma jurídica constitucionalistas. | ||||||
José Ramón Cossío, señaló que el documento expuesto por el jefe del Ejecutivo, "carece de fundamentación y motivación" | ||||||
Martes 16 de Abril de 2019 | ||||||
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El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en retiro expuso en su cuenta de Twitter que el mencionado memorándum emitido por el Presidente de la República “carece de fundamentación y motivación”. Expuso que no se cita una sola norma jurídica, “es autoreferente en cuanto a su autoridad. Fácilmente impugnable jurídicamente”, aseguró Cossío Díaz. El jurista refirió que el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado, y debe ser emitido por autoridad competente.
“Va a ser interesante ver el fundamento de esta orden”, subrayó el académico de la Facultad de Derecho de la UNAM. El profesor en Derecho Constitucionalista por la UNAM, Francisco Burgoa, expuso en su cuenta de esa misma red social, que una de las facultades y obligaciones del Presidente de la República, que señala el artículo 89-I de la Constitución, consiste en “promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión”. Burgoa dijo en Twitter: “Una de las facultades y obligaciones del Presidente que señala el artículo 89-I de la #Constitución1917, consiste en “promulgar y EJECUTAR las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta OBSERVANCIA”. No hay memorándum que valga”.
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