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Vence prisión preventiva de César Durante; pedirá arraigo domiciliario.
Los abogados defensores difundieron el oficio en el que la jueza de control del Poder Judicial de Chihuahua, Hortensia García Rodríguez, se comunica con la autoridad penitenciaria del estado de Chihuahua, en el cual reconoce el vencimiento del plazo constitucional de la prisión preventiva.
Miércoles 05 de Junio de 2024
Por: La Jornada
Ciudad de México.- El plazo de la medida cautelar de prisión preventiva en contra del ex gobernador César Duarte Jáquez, venció este miércoles 5 de junio de 2024, por lo que sus abogados pedirán este jueves que se le dicte sentencia o continúe su proceso penal en arraigo domiciliario, mientras el ex mandatario se encuentra hospitalizado desde el domingo pasado por complicaciones cardiacas.

Los abogados defensores difundieron el oficio en el que la jueza de control del Poder Judicial de Chihuahua, Hortensia García Rodríguez, se comunica con la autoridad penitenciaria del estado de Chihuahua, en el cual reconoce el vencimiento del plazo constitucional de la prisión preventiva.

“Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano y 165 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se ordena a la autoridad penitenciaria dejar sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre César Duarte, a partir del 5 de junio de 2024, es decir, si en esa fecha aún se encontrara el señor Duarte dentro de la institución de salud atendiendo su padecimiento, al momento de ser dado de alta no deberá regresar al centro de reinserción social”.

El fiscal estatal, César Jáuregui Moreno, respondió que César Duarte continuará su proceso penal aún con el cambio de medida cautelar, y no abandonará la cárcel hasta que se realice una audiencia este jueves a las 3 de la tarde.

“No cambia la medida cautelar, no cambia la condición jurídica del ex gobernador y continúa sujeto a proceso penal, sus bienes están asegurados por la Fiscalía General del Estado, para garantizar la reparación del daño en caso de que la resolución de jueces sea en su contra”.

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