| Publican decreto para que Sedena vigile el espacio aéreo. | ||||||
| El decreto detalla que se establece la obligación para las autoridades que operen aeropuertos informen a la Sedena de aterrizajes de aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial que se realicen en aeropuertos internacionales mexicanos. | ||||||
| Jueves 04 de Mayo de 2023 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, la Ley de Aeropuertos y la Ley de Aviación Civil, en materia de protección del espacio aéreo mexicano, a fin de que las Fuerzas Armadas puedan participar junto con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SITC), en las operaciones de búsqueda y salvamento aéreo. Además, la Sedena podrá acordar, en coordinación con la misma secretaría, las zonas de vigilancia y protección del espacio aéreo, por lo que se crea el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo como órgano dependiente del Ejército, el cual tendrá la facultad de solicitar documentos que amparen certificados de aeronavegación y licencia establecidos en el estado de la matrícula; verificación de talleres, centros de capacitación y adiestramiento, y fábricas de aeronaves y componentes, así como emisión de medidas y normas de tráfico aéreo. El decreto detalla que se establece la obligación para las autoridades que operen aeropuertos informen a la Sedena de aterrizajes de aeronaves extranjeras de servicio privado no comercial que se realicen en aeropuertos internacionales mexicanos. Con estas modificaciones, la Fuerza Aérea tiene a su cargo “la defensa del espacio aéreo nacional; conducir operaciones de inteligencia aérea; establecer las zonas de vigilancia y protección del espacio aéreo nacional controlando las operaciones aéreas en dicha zona, así como las zonas de identificación de defensa aérea; realizar operaciones de búsqueda y salvamento aéreo para salvaguardar la vida de las personas en el territorio nacional, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias, y ejercer sus atribuciones en materia de seguridad en el espacio aéreo, en coordinación con las autoridades que correspondan”. |
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