AMLO no puede promocionar la revocación de mandato, resuelve TEPJF. | ||||
De forma unánime los magistrados confirmaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE. | ||||
Martes 15 de Febrero de 2022 | ||||
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En sesión privada, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE “debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del titular del Ejecutivo, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente”. Los magistrados resolvieron así un recurso promovido por el propio López Obrador, el Coordinador General de Comunicación Social, el Vocero del Gobierno de la República, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE. En principio, la citada comisión determinó, en calidad de tutela preventiva, las medidas cautelares para conminar a López Obrador que no puede participar en la difusión de la revocación de mandato. La resolución del INE fue derivado de diversas expresiones con motivo de la conferencia matutina del 2 de febrero de 2022. Lo anterior, al considerar que dichas declaraciones implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del Proceso de Revocación de Mandato. De forma unánime los magistrados confirmaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE. |
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