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Reforma de 2011 sobre DH ha tenido “efecto transformador”: Zaldívar.
La reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos “ha tenido un efecto transformador gracias a la interpretación de la Corte”, y se construyó “un nuevo paradigma constitucional que hace diferencia en la vida de las personas”, afirmó el ministro y presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar.
Viernes 22 de Octubre de 2021
Por: oaxacainformada
Foto: SCJN
CDMX.- La reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos “ha tenido un efecto transformador gracias a la interpretación de la Corte”, y se construyó “un nuevo paradigma constitucional que hace diferencia en la vida de las personas”, afirmó el ministro y presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar.

Al participar en la mesa denominada “La reforma constitucional desde la mirada del derecho internacional de los derechos humanos”, el también presidente del Consejo de la Judicatura Federal, sostuvo: “sin exageración, sin retórica, a partir de la reforma del 2011, interpretada por la Corte Mexicana tenemos en México un nuevo paradigma constitucional, por eso creo que hoy a 10 años tenemos mucho que celebrar”.

Aseguró que a diez años de esa transformación ha quedado demostrado “que las reformas transformadoras no son tal hasta que las aplican los tribunales. Esta reforma pudo haberse resuelto por un cauce ortodoxo clásico, gramatical, literal, del constitucionalismo más tradicional de nuestro país y quizás ni siquiera lo estaríamos festejando, pero la Corte tomó los derechos humanos en serio y entonces dio un paso adelante, hizo suya esta reforma, le dio el contenido más amplio que pudo darle, incluso insospechado para los autores de la reforma”.

Señaló que el país cuenta con un “parámetro de regularidad constitucional, que implica e incluye derechos humanos constitucionales y aquellos de fuente internacional que son Constitución; segundo, que hace vinculante para todas las autoridades jurisdiccionales del país la doctrina, la jurisprudencia, todas las sentencias y las opiniones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en tercer lugar, la obligación, el deber de todas a las autoridades mexicanas que realicen funciones jurisdiccionales de llevar a cabo un control de convencionalidad”.

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