De Veracruz al mundo
Sectur Veracruz prácticamente no tuvo actividades en 2020, pero sí le faltó justificar gasto de 100 mil pesos, detecta el Orfis.
La Cuenta Pública del 2020, mostró que el presunto daño patrimonial correspondió a la cancelación de la “Convención Estatal de Gente Pequeña” y un cobro excesivo de un prestador de servicio.
Viernes 01 de Octubre de 2021
Por: REDACCION GOBERNANTES
XALAPA.- Aunque la Secretaría de Turismo del estado prácticamente no tuvo actividades durante 2020, aún así la revisión de su cuenta pública por parte del Órgano de Fiscalización Superior (Orfis) detectó un presunto daño patrimonial. La Cuenta Pública del 2020, mostró que el presunto daño patrimonial correspondió a la cancelación de la “Convención Estatal de Gente Pequeña” y un cobro excesivo de un prestador de servicio. Derivado de la revisión de la muestra de auditoria de las erogaciones del Capítulo 3000 “Servicios Generales”, se identificó una erogación realizada con el proveedor BG Hotelería S.A. de C.V. por un monto de cien mil pesos por concepto de servicio de hospedaje para la “Convención Estatal de Gente Pequeña”. Los auditores encontraron que la dependencia no presentó evidencia de la documentación comprobatoria y justificativa de la adquisición y recepción del servicio por la Convención Estatal de Gente Pequeña. Es decir, no hicieron el evento, pero tampoco justificaron en que se gastaron el dinero. Durante el proceso de solventación al Pliego de Observaciones, se identificó que el evento denominado “Convención Estatal de Gente pequeña” no fue realizado por las circunstancias extraordinarias originadas por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19). Pero el gasto se mantuvo y no hay justificación de en que se aplicó. Ante ello, el proveedor de servicios informó que cobraría una comisión por cancelación del 38 por ciento sobre el monto total por el “no show” generado, y autorizó saldo a favor por un monto de 62 mil pesos por concepto de hospedaje. Sin embargo, no se presentaron evidencias documentales de las acciones implementadas para la recuperación de la erogación realizada; asimismo, no proporcionaron el Instrumento Jurídico que acredite las erogaciones contraídas por ambas partes y que den validez a lo manifestado por el prestador de servicios. O sea, no hay contrato que justifique la cantidad que el prestador de servicio se quedó. Por lo que una vez concluido el Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del ejercicio 2020 y los plazos legales para la solventación de los resultados notificados en el Pliego de Observaciones, el Orfis dictaminó que derivado del análisis efectuado a las aclaraciones y documentación justificatoria y comprobatoria presentadas, éstas no fueron suficientes para solventar las observaciones que hacen presumir faltas administrativas y/o la existencia de un daño patrimonial a la Hacienda Pública Estatal.

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