| Emite recomendación CNDH por muerte de un preso en penal de Veracruz. | ||||
| Indicó que autoridades penitenciarias omitieron brindar atención médica integral a la víctima, quien padecía hipertensión arterial sistémica, anemia y otras dolencias, y no solicitaron el apoyo de un especialista para obtener un diagnóstico adecuado de su padecimiento. | ||||
| Martes 21 de Septiembre de 2021 | ||||
| Por: La Jornada | ||||
Indicó que autoridades penitenciarias omitieron brindar atención médica integral a la víctima, quien padecía hipertensión arterial sistémica, anemia y otras dolencias, y no solicitaron el apoyo de un especialista para obtener un diagnóstico adecuado de su padecimiento. En un comunicado, refirió que el 23 de octubre de 2020, la CNDH atendió una queja en la que se requería su apoyo para la revisión y envío de los estudios clínicos y medicamento administrado a la víctima, de 48 años de edad, en ese entonces privado de la libertad en el mencionado Cefereso y quien se encontraba delicado de salud. Derivado de lo anterior, la autoridad penitenciaria informó a la Comisión que, desde el 30 de agosto de ese año, el interno había ingresado al área hospitalaria de ese centro de internamiento con diagnóstico de hipertensión arterial sistémica, anemia y otros padecimientos, por lo que se le prescribió tratamiento farmacológico y la realización de estudios clínicos. Posteriormente, el 6 de noviembre de 2020 se solicitó su traslado a un nosocomio por requerir atención medica de segundo nivel, al presentar diversas complicaciones, a pesar de lo cual falleció cuatro días después por un choque séptico y oclusión intestinal. En este contexto, la CNDH señaló que acreditó que las autoridades responsables vulneraron los derechos humanos a la vida, a la protección de la salud, así como a la seguridad jurídica y a la legalidad de la víctima, porque omitieron brindarle atención médica integral y adecuada durante su permanencia en ese centro penitenciario y aun cuando se solicitó practicarle un ultrasonido el 31 de agosto de 2020, este se realizó hasta el 1 de octubre y no se requirió la interconsulta de algún médico especialista que pudiera realizar un diagnóstico adecuado y certero. Por ello, recomendó al titular del OADPRS que, a la brevedad, se localice a las víctimas indirectas de este caso y se proceda a la reparación integral por los daños causados. También se le pide colaborar en el seguimiento de la queja que por lo ocurrido se presente ante el Órgano Interno de Control en contra de los servidores públicos involucrados, así como en la investigación que se inicie en la Fiscalía General de la República; además de que deberá implementar un programa de atención médica efectiva para proteger y garantizar el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad en los diferentes Ceferesos. |
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