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XALAPA.- Ante el incremento exponencial de la venta de motocicletas y su relación con siniestros de tránsito y emisión de gases de efecto invernadero, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) propone definir por primera vez límites máximos de emanación de contaminantes en unidades nuevas con motor a gasolina en México. El proyecto de norma oficial mexicana 175, publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, indica que esta regulación se basa en estándares de la Unión Europea, y puntualizó que es obligación de los fabricantes o importadores certificar cuánto contaminan estos vehículos con motores mayores o iguales a 280 centímetros cúbicos. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) será la responsable de otorgar el certificado NOM por línea de motocicleta y año modelo en curso o siguiente. De manera aleatoria, la autoridad ambiental sujetará a verificación una muestra de motocicletas nuevas, tanto las fabricadas en México como en otros países que se comercialicen en territorio nacional. En tanto, la industria de motocicletas en el país deberá presentar la información de laboratorios para verificar que la emisión de contaminantes no exceda los niveles permitidos establecidos en este proyecto de NOM. En el documento, la Semarnat precisa que en tanto no se tenga en territorio nacional la infraestructura de laboratorios para llevar a cabo los ensayos o pruebas correspondientes, se aceptarán los informes de resultados de certificación del país de origen. Asimismo, señala que las motocicletas deberán estar equipadas con el sistema de diagnóstico a bordo (OBD, por sus siglas en inglés) que detecte y notifique las fallas o cualquier deterioro del mismo. Para los vehículos de dos ruedas de 280 centímetros cúbicos, el límite máximo de emisiones será de 1.14 de monóxido de carbono. Los rangos de hidrocarburos (HCT) van de 0.17 a 0.38 gramos por kilómetro y de 0.07 a 0.09 de óxidos de nitrógeno. El proyecto de NOM-175-Semarnat 2026 entrará en vigor de manera gradual como norma definitiva a los 180 días naturales contados a partir del día natural siguiente a su publicación. Esta propuesta de regulación fue presentada y aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales. En la sesión ordinaria realizada el 19 de marzo pasado participaron la Semarnat y las secretarías de Energía y Economía, así como la Comisión Ambiental de la Megalópolis, Profepa y la Asociación Mexicana de Fabricantes e Importadores de Motocicletas.
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