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XALAPA.- Luego de que la Suprema Corte de Justicia determinó que el congelamiento de cuentas puede aplicarse como una medida administrativa y preventiva ante indicios de operaciones ilícitas sin autorización judicial previa, el sector empresarial de Veracruz manifestó su preocupación ante la reciente resolución que avala las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial previa. En ese tenor, Jorge Alardín Córdova, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) en Veracruz y Boca del Río, aseguró que si bien se reconoce la importancia de combatir delitos como el lavado de dinero, también es fundamental garantizar el respeto al Estado de Derecho, la seguridad jurídica y el debido proceso. “Estas medidas pueden vulnerar principios fundamentales y generar incertidumbre tanto en empresas como en ciudadanos”, aseguró. Jorge Alardín alertó que el bloqueo de cuentas sin intervención judicial puede impactar operaciones legítimas y provocar afectaciones económicas severas, incluso en negocios formales que cumplen con la ley. Además, dijo que la falta de un control jurisdiccional previo abre la puerta a decisiones arbitrarias que podrían debilitar la confianza en las instituciones y en el sistema financiero. “El combate a las actividades ilícitas debe mantenerse, pero sin comprometer las garantías individuales, ya que solo mediante este equilibrio se podrá generar certeza, confianza e impulsar la inversión y el desarrollo económico en el país”. El posicionamiento surgió luego de que el máximo tribunal del país determinó que el congelamiento de cuentas puede aplicarse como una medida administrativa y preventiva ante indicios de operaciones ilícitas, sin requerir autorización judicial previa. Este criterio representa un cambio respecto a resoluciones anteriores y permite a la autoridad financiera actuar directamente en casos relacionados con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Por último, el Presidente del Consejo Coordinador Empresarial consideró indispensable que cualquier medida que limite derechos patrimoniales cuente con una orden judicial previa, así como con mecanismos claros, transparentes y accesibles para que los afectados puedan ejercer su derecho de defensa de manera oportuna.
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