De Veracruz al mundo
Comité de la ONU aclara que alcance de informe sobre desapariciones no se limita a gobiernos de la 4T, pero morenistas insisten en desacreditarlo .
Martes 07 de Abril de 2026
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.- Luego de gobierno de México rechazó el informe del Comité contra la Desaparición Forzada (CDF) de las Naciones Unidas, al considerar que no considera sus logros, el presidente de este organismo, Juan Pablo Albán, indicó que si bien “el desacuerdo es legítimo, la descalificación es cuestionable”. En su cuenta de X, reviró las afirmaciones que hizo la presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, al afirmar que “no es un comité de Naciones Unidas, es un comité de expertos que está vinculado con Naciones Unidas”. Albán explica que los órganos de tratado sí forman parte del Sistema de las Naciones Unidas. “Somos mecanismos creados por tratados internacionales adoptados en el seno de la ONU por los Estados miembros, y nuestra función es supervisar su cumplimiento”. El presidente del CDF precisó que es fundamental preservar el respeto institucional hacia los órganos de supervisión de derechos humanos y sus integrantes, en línea con el principio 5 de las Directrices de Addis Abeba sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados en defensa de las garantías individuales. “El principio de independencia requiere que los miembros [...] no podrán estar sometidos a ningún tipo de dirección o influencia ni a presiones del Estado del que sean nacionales ni de ningún otro Estado o de sus organismos”. Enfatiza que los integrantes de los órganos de tratado somos elegidos por los propios Estados partes. “Actuamos con independencia, pero no al margen del Sistema de las Naciones Unidas”. Destaca que los objetivos comunes deben seguir siendo el fortalecimiento de la prevención de las desapariciones, buscar a las personas desaparecidas, investigar los casos de desaparición, y erradicar el fenómeno, todo ello en beneficio de las víctimas y sus familias. Aunque remarcó que el artículo 34 de la Convención es claro en cuanto al procedimiento, ya que cuando el comité recibe información que contiene “indicios bien fundados” de desapariciones forzadas de carácter generalizado o sistemático, puede “[...] llevar urgentemente la cuestión a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por conducto del secretario general”. Agrega que el análisis del CDF no se limita a un periodo cerrado. La decisión adoptada examina la evolución de la situación hasta la actualidad, a la luz de las interacciones que han tenido con el Estado desde 2012 y que hoy continúan teniendo, cerró.

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