| SCJN confirma amparo a Televisa para que la SHCP le pague 'impuestos indebidos'. | ||||||
| En marzo de 2020, en cumplimiento a la resolución del 3 de julio de 2018 emitida por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, determinó la devolución del impuesto al activo consolidado por recuperar correspondiente a dichos ejercicios fiscales. | ||||||
| Lunes 02 de Marzo de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
En marzo de 2020, en cumplimiento a la resolución del 3 de julio de 2018 emitida por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, determinó la devolución del impuesto al activo consolidado por recuperar correspondiente a dichos ejercicios fiscales. Inconforme la SHCP impugnó el fallo, el caso se turnó a un tribunal colegiado que le concedió a la televisora la protección de la justicia federal a la empresa. Al resolver el amparo directo en revisión 2473/2025, el ministro Espinosa Betanzo, dejó firme la sentencia del Colegiado y estimó que “la sentencia impugnada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no le causa un perjuicio directo en ese tema. Y esto es así porque la sentencia del Tribunal Colegiado no efectuó pronunciamiento de constitucionalidad alguno”. “La sentencia recurrida se pronuncia únicamente para la mecánica del cálculo de intereses sin efectuar un contraste de los dispuesto en el Código Fiscal de la Federación con el texto constitucional, tomando en cuenta que las autoridades solo están legitimadas para interponer recurso de revisión únicamente cuando el fallo realice un pronunciamiento de constitucionalidad”. El proyecto del ministro Espinoza Betanzo se aprobó con seis votos a favor y tres en contra. |
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