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Xalapa, Ver.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acumula 88 amparos de académicos -entre ellos del ministro Giovanni Figueroa Mejía- y dos acciones de inconstitucionalidad de legisladores de oposición contra la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI), que impugnan los candados que excluyen a personal de instituciones privadas de los estímulos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII). Ante ese escenario, el máximo tribunal ordenó de nuevo a los tribunales colegiados aplazar la resolución de los amparos en revisión contra la norma —promulgada el 8 de mayo de 2023— hasta que el Pleno resuelva las acciones 126/2023 y 128/2023, cuyo fallo fijará el criterio para todos los casos y evitará sentencias contradictorias. La medida quedó establecida en el Acuerdo General 1/2026 del Pleno, publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que la Corte argumenta que el aplazamiento busca preservar la seguridad jurídica y garantizar uniformidad en la interpretación constitucional. Es la segunda vez que la SCJN adopta una decisión similar. El 11 de septiembre de 2023, el Pleno emitió el Acuerdo General 6/2023, que suspendió los amparos en revisión sobre la misma ley; ese freno fue levantado el 15 de julio de 2025 por la entonces ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, mediante el Acuerdo General 6/2025. Los procesos tienen su origen en la LGHCTI que reconfiguró al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) a Conahcyt y, tras reformas posteriores, transfirió sus atribuciones a la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SCHTI) a partir del 1 de octubre de 2024. El núcleo del litigio se concentra en los artículos 34, 41 —párrafos cuarto y quinto— y el décimo transitorio, que supeditan los apoyos a la adscripción en instituciones públicas; las demandas argumentan que esa condición es inconstitucional porque deja fuera a quienes cumplen con los méritos académicos, pero trabajan en el ámbito privado, lo que —sostienen— implica un trato discriminatorio. En 2023, el entonces académico Giovanni Figueroa promovió, junto con otros 110 investigadores, uno de los amparos contra la LGHCTI; el Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México les concedió la protección federal al concluir que excluir al sector privado de los estímulos viola el principio de igualdad del artículo 1º constitucional y ordenó otorgar los apoyos sin importar la adscripción institucional. El Congreso y el entonces Conahcyt impugnaron el fallo, pero el tribunal colegiado determinó que la constitucionalidad de la norma debe definirla la SCJN; el asunto fue turnado al ministro Figueroa Mejía, pero fuentes del alto tribunal informaron que este pedirá al Pleno declararse impedido por posible conflicto de interés.
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