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XALAPA.- La e.firma, también conocida como firma electrónica avanzada, es tu identificación digital oficial ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para realizar trámites fiscales, los cuales van desde presentar declaraciones hasta emitir facturas. Si esta vence y no la renuevas, podrías enfrentar multas, bloqueos o la incapacidad de hacer trámites importantes. El SAT recuerda que esta herramienta es indispensable no solo para obligaciones fiscales, sino también para cualquier gestión digital que requiera autentificación segura. Si eres un trabajador independiente, profesionista que factura o presentas tu declaración anual con frecuencia, debes verificar la vigencia de tu e.firma y renovarla. Empresas o sociedades, y quienes actúan como sus representantes legales, también están obligados a mantener al día su e.firma si realizan trámites o requieren autenticación digital. Cualquier contribuyente que necesita hacer trámites digitales. Aunque no emitas facturas cada mes, si usas plataformas del SAT para gestiones fiscales, avisos o consultas, es vital que tu e.firma no esté vencida. La e.firma tiene una vigencia de cuatro años desde su emisión, después de lo cual deja de ser válida y debes renovarla. Si no estás segura de cuándo venció tu e.firma, el SAT ofrece herramientas en su portal para verificarlo con tus archivos digitales. Accede al portal de trámites del SAT y selecciona “Valida la vigencia de tu e.firma”. Prepara tu contraseña y archivos .key y .cer de tu e.firma. Carga los archivos y sigue las instrucciones en pantalla para conocer la vigencia. Si descubres que está próxima a vencer o que ya venció, continúa con el proceso de renovación antes de que te cause problemas. Si tu e.firma todavía está activa o acaba de vencer, puedes renovarla en línea desde el portal del SAT. Aunque el SAT no aplica una multa directa solo por no renovar la e.firma, tenerla vencida puede impedirte realizar trámites fiscales obligatorios, como emitir facturas o presentar declaraciones, lo cual sí puede derivar en sanciones, recargos o multas si incumples obligaciones. Además, otras obligaciones fiscales como la activación del Buzón Tributario tienen multas específicas si no se cumplen antes de las fechas límites legales.
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