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ASF publica reformas a su reglamento para fortalecer imposición de multas; ya no saben de donde sacar dinero para comprar conciencias.
Sábado 18 de Octubre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.-
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), fueron publicadas una serie de modificaciones al Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) entre los que destacan cambios que fortalecen la capacidad de la Unidad de Asuntos Jurídicos para la imposición de multas y en la substanciación de los procesos de responsabilidad administrativas iniciados contra funcionarios por presuntas faltas, antes de que se emita una resolución final. El acuerdo, firmado por el titular de la ASF, David Rogelio Colmenares Páramo, también impacta las funciones de normatividad y el orden de suplencia del titular de la ASF. En la Unidad de Asuntos Jurídicos, el cambio más significativo es en el Artículo 39. Mientras que el texto anterior ya establecía la instrucción y substanciación del procedimiento de multas, la nueva redacción faculta expresamente a la Unidad a "emitir las resoluciones correspondientes" y ejercer dicha función "por sí o a través de sus directores", dotándola de una capacidad resolutoria más directa y descentralizada en esta materia. En cuanto a la substanciación de responsabilidades, el Artículo 46 fue reformado para promover la flexibilidad en la asignación de casos. Ahora establece que las atribuciones relativas a la substanciación de procedimientos podrán ser ejercidas indistintamente por los directores de Substanciación "A", "B", "C" y "D" adscritos a la Dirección General de Substanciación "A". Otra reforma se localiza en el Artículo 46 Bis, que rige la Dirección General de Normatividad y Enlace Legislativo. Sus funciones de elaboración de normativa institucional y manuales de procedimientos fueron fortalecidas, pues ahora se incluye la facultad de autorizar e informar al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos sobre dicha normativa, lo que confiere a esta Dirección una responsabilidad de validación interna antes no explicitada. Finalmente, el Acuerdo modifica el orden de suplencia del Auditor Superior de la Federación en sus ausencias temporales, el cual será cubierto de forma sucesiva y jerárquica por los Auditores Especiales de Cumplimiento Financiero; de Seguimiento, Informes e Investigación; de Desempeño; y del Gasto Federalizado.




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