De Veracruz al mundo
SCJN ejerce facultad de atracción para acabar con litigios de magistrados del TFJA que buscan perpetuarse en sus cargos .
Sábado 18 de Octubre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.-

Luego de que mediante amparos, algunos magistrados buscan “perpetuarse” en el cargo, pese a que su nombramiento y ratificación corresponden al Ejecutivo y al Legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción sobre un expediente que podría acabar con esos litigios. En ese sentido, la ministra Lenia Batres Guadarrama advirtió que existen más de 50 casos de este tipo. Con una votación dividida de cinco contra cuatro, el pleno admitió conocer el recurso de revisión incidental 177/2025, solicitado por magistrados del primer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito. La Corte deberá decidir si procede otorgar la suspensión definitiva que impida la ratificación o relección de un integrante del TFJA. La disputa surge a raíz del caso del magistrado Avelino Carmelo Toscano Toscano, quien en noviembre pasado obtuvo una suspensión definitiva contra su no ratificación en el TFJA. Actualmente ocupa el cargo de presidente de la sexta sala regional de la Ciudad de México. “Y aquí hay que mencionar que existe una problemática muy fuerte, porque los juzgados de distrito han otorgado suspensiones a quienes se les termina el periodo de magistrados de este tribunal y debieron haberse separado de su cargo, pero se han quedado años por medio de suspensiones, lo cual es absolutamente inconstitucional, porque es una facultad de la Presidencia de la República, con la ratificación del Senado, el nombramiento de estos magistrados; se tienen contabilizados 50 casos”, dijo Batres. Los hechos se remontan a 2024, aunque la propuesta original del quejoso como magistrado se emitió el 6 de diciembre de 2018. El 7 de junio de 2024, el Ejecutivo dejó sin efecto varias designaciones de magistrados de salas regionales y presentó nuevas propuestas al Congreso, omitiendo la del afectado, quien se amparó y en enero pasado obtuvo la suspensión definitiva.


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