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Reforma fiscal que da acceso al SAT a datos de servicios digitales vulnera la privacidad, alerta Artículo 19.
De acuerdo con la organización, la reforma aprobada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público en el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 “implica una interferencia desproporcionada en los derechos de la ciudadanía”.
Miércoles 15 de Octubre de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: .Cámara de Diputados
Ciudad de México.- La organización Artículo 19 advirtió que las reformas al Código Fiscal de la Federación aprobadas en comisión de la Cámara de Diputados que obligan a servicios digitales como Netflix, Mercado Libre y Uber a compartir información en línea con la autoridad tributaria para verificar su cumplimiento fiscal vulnera el derecho a la privacidad de los usuarios y abre la puerta a la censura indirecta de las plataformas.


De acuerdo con la organización, la reforma aprobada por la Comisión de Hacienda y Crédito Público en el dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 “implica una interferencia desproporcionada en los derechos de la ciudadanía”.

El artículo 30-B, incluido en las reformas al Código Fiscal dentro del paquete económico 2026, establece que los contribuyentes que proporcionen servicios digitales deberán permitir al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso permanente “y en tiempo real únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, que obre en sus sistemas o registros”.


La disposición contempla además que, si las empresas no cumplen con esta obligación, podrían enfrentar el bloqueo temporal de su servicio digital.


“Código elimina la protección jurídica del derecho a la privacidad”
En un comunicado, Artículo 19 advirtió que la redacción del artículo permite “una interferencia descontrolada en el derecho a la privacidad” y advirtió que “el Código elimina la protección jurídica del derecho a la privacidad y las obligaciones en materia de protección de datos personales que deberían garantizarse”.

Además, alertó que la sanción de bloqueo “se traduce en la potencial restricción de acceso y uso de determinadas plataformas digitales que las personas usuarias utilizan para informarse, comunicarse, expresarse y movilizarse”.

Artículo 19 sostuvo que tal bloqueo equivale a una forma de censura previa e indirecta, prohibida por la Constitución mexicana y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“Si bien la recaudación tributaria es un fin legítimo, esta debe ser proporcional y justa. No puede usarse como justificación para vulnerar derechos humanos”, subrayó la organización, que exhortó a los legisladores a modificar el dictamen antes de su discusión en el Pleno y adoptar medidas “menos lesivas”.


Ley de Ingresos con foco en mayor recaudación
El dictamen de la Ley de Ingresos 2026 fue aprobado el martes por mayoría en la comisión —30 votos a favor, 12 en contra y ninguna abstención— y fue turnado a la Mesa Directiva para su discusión en el Pleno.

Según el presidente de la comisión, el diputado Carol Antonio Altamirano (Morena), el proyecto prevé un incremento de casi 892 mil millones de pesos respecto a los ingresos aprobados en 2025. Los ingresos petroleros se estiman en 1.2 billones de pesos, mientras que los no petroleros ascenderían a 7.5 billones, impulsados principalmente por los ingresos tributarios, que sumarán 5.8 billones.

Entre las disposiciones fiscales, también se plantea una tasa preferencial de ISR de 15% para quienes repatríen capitales antes del 8 de septiembre de 2026.

También contempla una tasa cero de IVA a productos de higiene menstrual, como calzones o discos menstruales; la modificación de la tasa de retención de ISR a personas morales que operen en plataformas, del 4% al 2.5%; y restricciones a deducciones fiscales para instituciones financieras y ajustes al tratamiento de créditos incobrables.


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