De Veracruz al mundo
Aplaza SCJN revisión de cobro de impuesto de 2% a repartidores de Uber, Didi, Rappi; trabajadores se manifiestan.
Viernes 10 de Octubre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.-



Ante manifestaciones y demandas de organizaciones civiles para ejercer su derecho de audiencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó este jueves la discusión de dos proyectos de gran relevancia: uno que propone declarar constitucional el impuesto del 2 por ciento que el gobierno capitalino cobra a las plataformas digitales, y otro que limita la posibilidad de que asociaciones civiles promuevan amparos en materia ambiental. Aunque ambos asuntos estaban programados para discutirse este jueves, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz solicitó a las ministras ponentes, Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa, dejarlos pendientes de discusión para escuchar primero a representantes de Repartidores Unidos por México y de organizaciones ambientalistas, quienes al mismo tiempo se manifestaban afuera de la Corte. El ministro Aguilar indica: “Esta nueva Corte ha ofrecido, tener diálogo y escuchar a todos los interesados antes de tomar una decisión”. El proyecto de la ministra Lenia Batres iba por resolver el amparo en revisión 681/2022 que interpuso la empresa Uber, en contra de la constitucionalidad del artículo 307 Ter del Código Fiscal de la Ciudad de México. La togada plantea que las plataformas de entrega de alimentos y paquetería, al aprovechar de forma intensiva la infraestructura urbana, deben contribuir económicamente por su uso, destinando esos recursos al mantenimiento de la ciudad. En tanto, el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa zanjaría la contradicción de criterios 217/2021, suscitada entre los tribunales colegiados Primero en Materia Administrativa del Segundo Circuito, Segundo en Materia Administrativa del Primer Circuito y Décimo Octavo en Materia Administrativa del Primer Circuito, sobre los amparos en materia ambiental. En este proyecto, Esquivel propone que no sea suficiente que la asociación tenga en su acta constitutiva la defensa del medio ambiente para promover un amparo; el juez deberá considerar otros factores, como si el demandante resulta directamente afectado por el asunto que plantea. Diversas organizaciones, entre ellas el Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA), Artículo 19 y Causa Natura A.C., emitieron un comunicado en el que advierten que, de aprobarse, el proyecto representaría un retroceso en derechos humanos, al restringir la figura del interés legítimo que permite a las organizaciones acudir al amparo para proteger derechos colectivos. “El proyecto sostiene que es insuficiente el objeto social contenido en el acta constitutiva para acreditar el interés legítimo y acudir al amparo, dejando de lado su jurisprudencia respecto de la legitimación con la que cuentan organizaciones en materia de derechos humanos, educación, migración o cultura, cerrando así la puerta a la defensa de derechos colectivos y difusos”, señalan. Mientras que a las afueras de la SCJN, el grupo de repartidores por aplicación digital, como Uber, Didi, Rappi, se manifestaron. Una comisión de cuatro representantes ingresó para sostener una audiencia con el ministro presidente del máximo tribunal Hugo Aguilar, así como con sus pares Lenia Batres, María Estela Ríos, Yazmin Esquivel e Irving Espinosa, para plantear sus inconformidades sobre el proyecto.

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