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XALAPA.- En medio de la polémica la Cámara de Senadores aprobó en lo general el proyecto de decreto que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. De acuerdo con el Senado de la República, el dictamen tiene como objetivo actualizar los diversos ordenamientos en materia de justicia constitucional, fiscal y administrativa. Es decir que la iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo tiene el propósito de fortalecer, modernizar y armonizar el marco normativo del juicio de amparo y los mecanismos complementarios de defensa en materia fiscal y administrativa. De esta manera se busca garantizar un acceso efectivo, ágil, transparente y humanista a la justicia, respondiendo así a una doble necesidad: Perfeccionar la institución del amparo como mecanismo central de protección de los derechos fundamentales frente a actos de autoridad. Evitar el uso abusivo o dilatorio de los recursos administrativos y judiciales en materia fiscal que obstaculizan la recaudación de créditos firmes y afectan el interés social y el orden público. Sin embargo, la reforma recién aprobada ha generado críticas por parte de especialistas en Derecho Constitucional, sobre si esta es o no retroactiva, por lo que la Cámara de Diputados deberá resolver conforme las nuevas disposiciones establecidas. Cabe destacar que los cambios más significativos en la reforma de la Ley de Amparo se concentran en tres áreas: Freno al descongelamiento de cuentas por "lavado": uno de los puntos más relevantes es limitar la suspensión en juicios de amparo relacionados con el bloqueo de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). El gobierno argumenta que esta medida es crucial para combatir el lavado de dinero. Agilizar el cobro de impuestos: la reforma busca poner fin a la práctica de interponer "un amparo sobre otro amparo" para postergar indefinidamente el pago de deudas fiscales, un proceso que, según las autoridades, puede extenderse por más de 20 años. La idea es que la defensa se concentre en un solo juicio de amparo contra el acto final y no se utilice para dilatar cada paso del proceso de cobro. Modernización y justicia digital: la propuesta incorpora el uso de herramientas tecnológicas para crear un "juicio de amparo verdaderamente digital" con plena validez legal, sin eliminar el procedimiento documental tradicional. También se establecen plazos claros, como un máximo de seis meses para la resolución de juicios fiscales en vía sumaria. Retroactividad El presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, afirmó que la minuta en materia de Ley de Amparo, que se turnará a la Comisión de Justicia, será analizada cuidadosa y responsablemente, por lo que sostuvo que no habrá fast track. Con relación a la modificación del transitorio que se refiere a la retroactividad, y lo cual también fue criticado por la presidenta Claudia Sheinbaum, el diputado Monreal Ávila recalcó que el artículo 14 constitucional establece que no se le puede dar efectos retroactivos a ninguna ley en perjuicio de persona alguna, por lo que adelantó que la Cámara baja va a “darle congruencia a la Constitución”. “En todo caso el transitorio debería decir que en el caso de juicios anteriores tiene que aplicarse la norma jurídica que inició el proceso, no la nueva que se está reformando, precisamente para que no se aplique retroactivamente la ley en prejuicio de las personas que están intentando, por la vía jurisdiccional, algún medio de defensa”. Agregó que dicho artículo transitorio “es inadecuado”, por ello se comprometió a que se revisará. “Yo, esa parte diría, no estoy de acuerdo porque no puedes someter a un justiciable a acatar la ley que estás creando sin tomar en cuenta que antes había iniciado su juicio con normas distintas”. Otros puntos relevantes de la reforma a la Ley de Amparo son: Redefinición del Interés Legítimo. Restricción de la Suspensión del Acto Reclamado. Establecimiento de Plazos y Sanciones por Incumplimiento. Juicio de Amparo Digital. Restricción en la Ampliación de la Demanda. Cumplimiento y Ejecución de Sentencias. Armonización al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
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