De Veracruz al mundo
Diputados rechazan retroactividad de Ley de Amparo; resulta que altera la Constitución. Hora de corregir errores morenistas .
Sábado 04 de Octubre de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Cortesia..
Xalapa, Ver.- El artículo transitorio de la reforma a la Ley de Amparo, que le da carácter retroactivo, “altera la Constitución”, es “inadecuado” y se corregirá, anticipó Morena en la Cámara de Diputados, mientras PT, PRI y PAN señalaron que se trata de un añadido inconstitucional. El coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, asegura que “Si se distorsiona o tergiversa el artículo 14 constitucional, lo lógico es que la Cámara lo enmiende… para darle congruencia con la Carta Magna”. Tanto el contenido de la enmienda como el agregado que da retroactividad a la ley –reserva que propuso el senador Manuel Huerta (Morena)– fue revisado el jueves por las distintas bancadas. El coordinador del PT, Reginaldo Sandoval, señaló que ese cambio al dictamen tiene un efecto irregular desde que se presentó en el debate en el Senado, porque “plantea romper el principio de que la ley no es retroactiva, y eso es inconstitucional”. La presidenta de la Cámara, Kenia López Rabadán (PAN), apuntó que la reforma “evidentemente lastima una institución tan importante como es el amparo; lastima la posibilidad de los mexicanos de defenderse ante el gobierno”. Explicó que hay “una gran cantidad” de aspectos que deben corregirse cuando la Cámara revise la minuta del Senado, “no solamente el transitorio”. El priista Emilio Suárez Licona expuso que con las modificaciones a la Ley de Amparo se eliminarán las suspensiones provisionales, figura que permite “evitar que un acto de autoridad haga daños a un particular, y que dicho daño se volviera irreparable”. Asimismo, Monreal explicó que en reformas en materia procesal, “lo técnico, racional y garantista es que éstas contengan un régimen transitorio que disponga que los juicios que se encuentran en trámite, al aprobarse el cambio, se tramiten conforme a la legislación en vigor cuando se iniciaron”. Esto impide que el legislador cambie las reglas de un proceso en curso, y el artículo transitorio, “desde mi punto de vista, no lo dispone así… altera este principio, por lo que el revisor (la Cámara), esa es nuestra función y nadie debe ofenderse, puede enmendarlo”.


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