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Xalapa, Ver.-
Un sujeto identificado como Luis Ángel “N”, alias “La Güicha”, señalado como uno de los participantes en el asesinato de la periodista María Elena F.H., en Papantla, obtuvo su libertad este jueves luego de que un tribunal federal le concediera un amparo. La resolución determinó que no existían elementos suficientes para mantenerlo vinculado al proceso penal 46/2020. El acusado fue detenido en 2022 por elementos de la Policía Ministerial en la terminal de autobuses de segunda clase, cuando intentaba trasladarse a una comunidad. Desde abril de 2020 permanecía prófugo de la justicia, hasta que finalmente fue aprehendido y trasladado a prisión preventiva por su presunta implicación en el homicidio ocurrido en marzo de ese mismo año. Durante su detención, el juez de control le dictó prisión preventiva oficiosa por un año y otorgado tiempo para las investigaciones complementarias. Sin embargo, la defensa presentó diversos recursos legales, logrando que se revisara la validez de los señalamientos en su contra. En la audiencia más reciente celebrada en la sala de juicios orales, el tribunal consideró que las pruebas presentadas eran insuficientes para acreditar su probable responsabilidad, lo que derivó en la revocación de la vinculación a proceso y en la concesión del amparo liso y llano que ordenó su liberación inmediata. María Elena F.H., reconocida por su labor periodística en el norte del estado, fue asesinada en marzo de 2020 en Papantla. Su trabajo se centraba en temas delicados como corrupción, abusos de poder y crimen organizado, lo cual la había convertido en blanco de amenazas. Su asesinato generó indignación y presiones nacionales e internacionales para que se haga justicia… COMO MEDIDA cautelar para personas imputadas en procesos penales, el Poder Judicial del Estado, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), comenzó la implementación gradual de localizadores electrónicos en modalidad de brazaletes. La medida forma parte de una estrategia institucional orientada a fortalecer la procuración e impartición de justicia, reducir el uso de la prisión preventiva como única forma de sujeción al proceso, y optimizar recursos públicos destinados a la manutención de personas privadas de la libertad. También se contempla como alternativa al arresto domiciliario. Para garantizar su correcta aplicación, el Consejo de la Judicatura emitió un protocolo que establece los criterios que deberán observar jueces y autoridades competentes. El documento detalla las condiciones físicas, domiciliarias, de conectividad y económicas que la persona imputada debe acreditar para solicitar el dispositivo, así como el compromiso de uso responsable. La solicitud deberá presentarse por escrito y será valorada por la persona juzgadora, quien determinará su procedencia conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales y al protocolo emitido. En caso de aprobación, se instalará el brazalete y se activará el monitoreo a cargo de la Subdirección de Medidas Cautelares de la SSP (UMECA). La implementación se realizará de forma escalonada, iniciando con pruebas piloto en distritos judiciales seleccionados. Los resultados serán evaluados por el Órgano de Administración Judicial, que definirá su expansión progresiva hasta alcanzar cobertura estatal. El protocolo establece restricciones específicas para el uso del dispositivo, entre ellas: no apagarlo, no provocar fallas por negligencia, no salir de la geocerca sin autorización judicial, atender llamadas del centro de monitoreo y mantener carga suficiente. Las autoridades señalaron que el incumplimiento de estas condiciones podrá derivar en la revocación de la medida cautelar, el retiro del equipo y la ejecución de la garantía otorgada. Se informó que la aplicación de esta medida se fundamenta en un principio de adecuación práctica, procurando evitar formalismos excesivos y privilegiando la certeza jurídica en cada caso particular.
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