De Veracruz al mundo
Pese a complicada situación económica, empresas están obligadas al reparto de utilidades, asume la Canaco.
Martes 20 de Mayo de 2025
Por: REDACCION GOBERNANTES
Foto: Google .
Xalapa, Ver.- A pesar de que la complicada situación económica que se vive en el país no ayudó a las empresas a tener muchas utilidades este año, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) en Xalapa, Luis Francisco Llera Hernández, consideró que están obligados a cumplir con el reparto de utilidades para sus trabajadores, tal y como lo marca la ley, antes del 30 de mayo. “No hubo mucho aumento de utilidades, ha sido una temporada difícil para todos, para el comercio en especial, pero está definitivamente obligado a cumplir con esa ley, que de alguna manera está hecha para favorecer a los empleados”, aseguró. El reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa o el patrón, por la actividad productiva o los servicios ofrecidos durante el año anterior. Se trata de un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo, y es un reconocimiento a la labor de los trabajadores para la generación de ingresos para las empresas. En el caso de la Canaco, el líder empresarial afirmó que sus agremiados sí tienen esa responsabilidad, por lo que hizo un llamado para que cumplan en tiempo y forma. “Definitivamente nuestro sector de alguna manera está orientado para hacer ese llamado con los empresarios, para que cumplan con esa ley del reparto de utilidades”. De acuerdo con la ley, el reparto de utilidades se debe recibir entre el 1 de abril y el 30 de abril, si se trabaja para una empresa; y entre el 1 de mayo y 29 de junio si se labora para una persona física. Quienes tienen derecho a recibir el reparto son los trabajadores activos, extrabajadores de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año, personas con incapacidad temporal, madres trabajadoras en licencia de maternidad, y padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad. El monto se calcula en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en los salarios percibidos durante el año.

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