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Xalapa, Ver.- Con la finalidad de evitar una controversia en las próximas elecciones, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) retirar toda propaganda o difusión del "Mecanismo de observación de las campañas electorales y sus informes sobre violencia política" toda vez que carece de facultades para inmiscuirse o de conocer asuntos electorales. El magistrado, Felipe de la Mata Pizaña, analizó y decidió darle la razón al Partido de Acción Nacional en su impugnación (SUP-JE-52/2024) contra el mecanismo de observación de la violencia política electoral de la CNDH que la semana pasada informó que daría seguimiento a los hechos violentos que se registren en el país y que puedan mermar derechos político-electorales. Mata Pizaña expuso que la CNDH no cuenta con atribuciones para conocer asuntos electorales y, tanto el mecanismo de seguimiento como el del informe implican la individualización y atribución de responsabilidades por irregularidades en el marco de las campañas electorales. "En consecuencia, se propone declarar inválido el mecanismo de seguimiento a las campañas y dejar sin efecto el informe reclamado, así como ordenar el retiro de toda propaganda o difusión de dicho informe y cualquier otro documento relacionado". En ese sentido, la Sala Superior hace referencia que Rosario Piedra Ibarra se excedió en sus facultades y que su informe de violencia política no es una mordaza para la Comisión Nacional de Derechos Humanos. En ese sentido, el TEPJF pide a CNDH respetar el sistema de competencias en la materia electoral que se encuentra en el artículo 99 de la Constitución para garantizar la regularidad de las campañas electorales.
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