De Veracruz al mundo
Gasto público para 2022 será de más de 7 billones de pesos.
Para Petróleos Mexicanos se aprobó una meta de balance financiero de 62 mil 750 millones de pesos y un techo de gasto de servicios personales de 99 mil 147 millones 908 mil 914 pesos. Para la Comisión Federal de Electricidad se aprueba un balance financiero de 0 pesos y un techo de gastos de servicios personales de 65 mil 458 millones 102 mil 954 pesos.
Lunes 29 de Noviembre de 2021
Por: La Jornada
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, de este día, se publicó el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, se resalta que el gasto neto total será de 7 billones 88 mil 250 millones 300 mil pesos, que corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos. Para el presente ejercicio fiscal se prevé “un déficit presupuestario” de 875 mil 570 millones 500 mil pesos.

Para Petróleos Mexicanos se aprobó una meta de balance financiero de 62 mil 750 millones de pesos y un techo de gasto de servicios personales de 99 mil 147 millones 908 mil 914 pesos. Para la Comisión Federal de Electricidad se aprueba un balance financiero de 0 pesos y un techo de gastos de servicios personales de 65 mil 458 millones 102 mil 954 pesos.

El gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de un billón 10 mil 840 millones 765 mil 109 pesos. El gobierno federal aportará al Instituto la cantidad de 115 mil 222 millones 71 mil 339 pesos, aportaciones para los seguros; dispondrá de la cantidad 474 mil 317 millones 230 mil 665 pesos para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley de Seguro Social.

Durante el ejercicio fiscal 2022 el IMSS deberá destinar a las Reservas Financieras y Actuariales de los seguros y a la Reserva General Financiera y Actuarial, así como el fondo para el cumplimiento de obligaciones laborales de carácter legal o contractual 19 mil 2 millones 213 mil 168 pesos a fin de garantizar el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contraiga derivadas del pago de beneficios y las prestación de servicios relativos a los seguros que se establecen en dicha ley.

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