De Veracruz al mundo
Objeción de conciencia para realizar abortos divide a ministros de la SCJN.
El pleno de ministros inició este lunes el análisis de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
Lunes 13 de Septiembre de 2021
Por: Excelsior
Foto: Cuartoscuro .
Ciudad de México.- Al iniciar la discusión sobre la validez de la objeción de conciencia para el personal de salud de servicios públicos que atienden casos de interrupción de embarazo, el pleno de ministros de la SCJN se mostró dividido ante lo que consideró una reglamentación insuficiente, lo que limitaría el derecho a la salud, en una sesión que se reanudará hasta la próxima semana.

El pleno de ministros inició este lunes el análisis de la acción de inconstitucionalidad 54/2018, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), al considerar que su reglamentación afecta el derecho a la salud de las personas cuyos casos son sometidos a la objeción del personal médico, por motivos de conciencia o religiosos.

El presente asunto reviste una gran complejidad, porque nos enfrenta a una norma que ciertamente busca proteger un derecho tutelado por la Constitución, la libertad de conciencia; pero que tiene el potencial de afectar otros derechos como la salud, y muy particularmente los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas gestantes”, argumentó el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

El también presidente del Consejo de la Judicatura Federal se enfocó en los casos relacionados con la interrupción del embarazo, despenalizado la semana pasada, por ser el tema en el que más personal médico presenta su objeción de conciencia.

No comparto que la objeción de conciencia forme parte del núcleo esencial del derecho a la libertad religiosa, ideológica y de conciencia, y, por ende se constituya en un derecho humano con rango constitucional”, afirmó el ministro Zaldívar.

En su intervención, la ministra Norma Lucía Piña Hernández argumentó que la CNDH denunció la deficiente regulación a la objeción de conciencia, por lo que puede usarse para limitar los derechos a la salud e incluso a la vida.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat advirtió el cuidado a no prevalerse falsamente de la conciencia, para claudicar en las obligaciones que se poseen de acuerdo con el marco jurídico.

Sería contrario el principio de honesta dignidad que debe regir una objeción de conciencia y discordante con la Constitución, por servir de excusa para impedir que se brinda el acceso a servicios de salud de otras personas”, dijo.

En la sesión de este lunes, los ministros Javier Laynez, Zaldívar, Piña y Ríos coincidieron en la necesidad de precisar los requisitos y alcances de la objeción de conciencia, ante las deficiencias normativas de la Ley General de Salud.

Mientras tanto se pronunciaron por validar la objeción con las restricciones impuestas por la Corte, los ministros Luis María Aguilar, Margarita Ríos-Farjat y Alfredo Gutiérrez.

Finalmente, por falta de tiempo, la sesión se suspendió quedando pendientes las opiniones de los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Yasmín Esquivel y Alberto Pérez Dayán, y se citó hasta el próximo lunes 20 de septiembre, ya que la Corte suspende actividades con motivo de las fiestas patrias.

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