De Veracruz al mundo
Condenan a ex militares por crímenes durante la dictadura en Chile.
El fallo, emitido el sábado pasado, establece para el general Santiago Sinclair cinco años y un día de presidio, como autor de homicidios calificados; y tres años para Robert de la Mahotiere, como encubridor de la ejecución, y con ello revocó la sentencia de primera instancia que absolvía a ambos militares en retiro.
Domingo 09 de Agosto de 2020
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Foto: Xinhua
.- La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a un general en retiro y otros tres ex militares por el asesinato de 12 personas en lo que se denominó la Caravana de la Muerte, en octubre de 1973, luego de 46 años de impunidad.

El fallo, emitido el sábado pasado, establece para el general Santiago Sinclair cinco años y un día de presidio, como autor de homicidios calificados; y tres años para Robert de la Mahotiere, como encubridor de la ejecución, y con ello revocó la sentencia de primera instancia que absolvía a ambos militares en retiro.

Asimismo, confirmó las condenas a Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, como autor de los referidos delitos a la pena de cinco años y un día de presidio, y a Pedro Espinoza Bravo, a diez años.

Entre las 12 víctimas figuraba el dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria y líder campesino Gregorio José Liendo Vera, y todos eran trabajadores madereros de Panguipilli, ejecutados en el Regimiento de la sureña ciudad de Valdivia.

El abogado querellante Francisco Ugás declaró a los medios que después de más de 46 años en absoluta impunidad, esta sentencia condena por primera vez a quien llegó a ser Teniente General del Ejército, vicecomandante en jefe de esa institución y representante de esta ante la Junta Militar, así como senador designado.

Añadió que aunque Santiago Sinclair fue investigado en otros casos, entre estos el de cinco desaparecidos de 1987, y el de Carmen Gloria Quintana y Rodrigo Rojas De Negri, quienes fueron quemados vivos, nunca fue condenado con antelación por su participación en crímenes de lesa humanidad durante la dictadura.

No obstante las condenas, el jurista consideró un error aplicar la media prescripción del delito para establecer la cuantía de penas, ya que ello no se puede aplicar a crímenes de lesa humanidad, y señaló que establecerá un recurso para que se eleven las penas a los condenados, que sean “justas, proporcionales y adecuadas”.

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