De Veracruz al mundo
Cofece impugna ante SCJN política eléctrica de Sener.
La Cofece impuso una controversia constitucional ante la SCJN para impugnar la Política de confiabilidad elaborada por la Sener
Lunes 22 de Junio de 2020
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Foto: Cuartoscuro .
.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para impugnar la Política de confiabilidad, seguridad, continuidad y calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, elaborada por la Sener.

El organismo antimonopolios dijo que dichas reglas violentan los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.

Detalla que la política viola los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.

Reglas de la Sener
Las reglas de la Sener comprometen el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución, otorgan ventajas en favor de ciertos participantes y disminuyen la capacidad de competir de otros, sacrifican la eficiencia y establecen barreras a la entrada en la generación eléctrica.

“Todo lo anterior, a juicio de esta autoridad, incide de manera grave y trascendente en su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico, ya que con la entrada en vigor de la política dejan de existir los elementos básicos para que este funcione en condiciones de competencia”, indicó la Cofece.

Por estas razones, mediante la presentación de la controversia constitucional, la Cofece solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación pronunciarse sobre los límites que tiene un regulador sectorial frente a los principios constitucionales de competencia cuando emite una disposición que afecta tan gravemente la dinámica competitiva de un mercado, en perjuicio del mandato que corresponde tutelar a la Cofece y del bienestar de los consumidores.

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