Rechaza líder del SDTEV extinguir Fideicomiso del Fondo de Ahorro para el Retiro (SAR); es un derecho adquirido. | ||||
En ese sentido, a través de un oficio dirigido al mandatario estatal, Ahumada Aguirre indicó que el fideicomiso de referencia quedó incluido en el Decreto publicado el pasado 21 de abril en la Gaceta Oficial del Estado que ordenó la extinción o terminación de fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos. | ||||
Domingo 03 de Mayo de 2020 | ||||
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En ese sentido, a través de un oficio dirigido al mandatario estatal, Ahumada Aguirre indicó que el fideicomiso de referencia quedó incluido en el Decreto publicado el pasado 21 de abril en la Gaceta Oficial del Estado que ordenó la extinción o terminación de fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos. El dirigente refirió en su misiva que el Decreto con fecha 02 de agosto de 2004, estableció que la Secretaría de Finanzas y Planeación, por conducto de su titular, quedaba facultada para resolver los casos de excepción de aquellos fideicomisos, que por cumplir actualmente con actividades prioritarias de interés público deben continuar con sus actividades. Ahumada Aguirre destacó que los recursos del SAR constituyen una prestación laboral que tiene vigencia de 26 años y que no se pueden destinar a otro rubro, pues se trata de un derecho adquirido por los trabajadores. “El Decreto de 1994 y modificado en 2004 otorgó los beneficios del SAR a los trabajadores de los tres Poderes del Estado, así como de los organismos públicos descentralizados, fideicomisos estatales y empresas de participación estatal”, puntualizó el dirigente. |
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