Defensa de Robles alista queja contra juez ante CJF. | ||||||
Además, a través de un comunicado de prensa, señalaron que a la Fiscalía General de la República le reiteran su “voluntad de colaborar en las investigaciones relacionadas con María del Rosario Robles Berlanga” y las investigaciones relacionadas con el desvío de recursos en la Sedesol y Sedatu. | ||||||
Jueves 15 de Agosto de 2019 | ||||||
Por: La Jornada | ||||||
Además, a través de un comunicado de prensa, señalaron que a la Fiscalía General de la República le reiteran su “voluntad de colaborar en las investigaciones relacionadas con María del Rosario Robles Berlanga” y las investigaciones relacionadas con el desvío de recursos en la Sedesol y Sedatu. En ese contexto, el abogado Julio Hernández Barros señaló que los litigantes trabajan “en los recursos legales para que nuestra representada pueda enfrentar su proceso en libertad y, en consecuencia, se respete su Presunción de Inocencia y Debido Proceso”. Señala los litigantes que “es público y notorio que dicho Juzgador al resolver indebidamente respecto a la prisión preventiva justificada solicitada por la Fiscalía, presumiblemente lo hizo atendiendo a razonamientos políticos y personales, sin respetar criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las cuales de manera categórica han sostenido que la prisión preventiva tiene que ser excepcional, de lo contrario la imposición de la misma violenta la Presunción de Inocencia de un imputado que no ha recibido Sentencia Condenatoria por un Tribunal competente, tal y como acontece con nuestra defendida”. Aseguran que la “Carta Magna, como el Código Nacional de Procedimientos Penales, imponen como obligación a los Jueces mantener en prisión preventiva a las personas imputadas por alguno de los delitos que señala el artículo 19 Constitucional, es decir, los delitos de prisión preventiva oficiosa, entre los que evidentemente no se encuentra el delito previsto y sancionado en el artículo 214 fracción III (Ejercicio Ilícito de Servicio Público), en relación con el artículo 64, ambos del Código Penal Federal, delito por el que indebidamente se Vinculó a Proceso a María del Rosario Robles Berlanga, quien - se insiste - tiene derecho a enfrentar el proceso en libertad”. A consideración de la defensa de Robles Berlinga el juez de Control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, “violó flagrantemente los conceptos y principios relativos a las medidas cautelares, como son la idoneidad y proporcionalidad, establecidos en los artículos 154, 155, 156 y 157 del Código Nacional de Procedimientos Penales”. Asegurando que tanto la ex funcionaria como el equipo legal se sienten “ofendidos por la parcialidad con la que actuó el ‘Juez’ Delgadillo Padierna, quien además de sus comentarios despectivos, de género y ofensivos hechos durante las audiencias, resolvió claramente fuera de todo contexto jurídico”. |
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