Se inconforma Zhenli por negativa a amparo contra confiscación de casa. | ||||||
Lunes 12 de Agosto de 2019 | ||||||
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La semana pasada, los abogados de Ye Gon promovieron un amparo mediante el cual impugnaban la convocatoria emitida por el SAE para subastar el inmueble ubicado en Sierra Madre 515. Sin embargo, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), encargado del remate, afirmó en su momento que no había ningún impedimento legal para proceder con la venta. El proceso para declarar en abandono un inmueble comienza cuando el Ministerio Público Federal incauta una propiedad donde se habría cometido un ilícito. Para saber a quién pertenece legalmente, publica un edicto convocando a los propietarios a reclamar su derecho. Si nadie responde en un plazo de 90 días, se procede a hacer la declaratoria de abandono. El SAE afirmó el pasado miércoles que, en este caso, dicho procedimiento concluyó en noviembre de 2007 y, por tanto, podía subastar la propiedad. Explicó que en ese entonces el plazo de 90 días transcurrió sin que nadie reclamara su derecho sobre la residencia de las Lomas de Chapultepec, ni se presentó ningún recurso jurídico contra la declaratoria de abandono. Añadió que otra propiedad atribuida a Ye Gon, donde funcionaba su distribuidora de materiales químicos, en el estado de México, fue subastada con el mismo procedimiento en 2014, a un precio de 181.7 millones de pesos, sin que se haya promovido amparo alguno. Por su parte el juzgado tercero de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México no admitió a trámite la demanda, al considerar que no era suficientemente preciso el contenido y si la firma realmente correspondía al empresario mexicanos de origen chino. Además, le solicitó aclarara cuáles actos reclama exactamente y que señalara a cada una de las autoridades que denunciaba como posibles responsables. Este lunes, en las listas de acuerdo del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el expediente 391/2019, señala que Zhenli Ye Ghon impugnó la resolución del 31 de julio en la que el juez Augusto Octavio Mejía Ojeda, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Amparo Penal en la Ciudad de México, no admitió la demanda del empresario. Asimismo, el impartidor de justicia pidió a las autoridades rendir el informe justificado en el sentido que es cierto y pidió remítase copia certificada al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en turno, quien resolverá el caso. |
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