Estados, sin facultad para legislar sobre migración: SCJN. | ||||
El Pleno determinó por unanimidad la inconstitucionalidad de ese artículo y también se precisó que los congresos locales no tienen facultades para legislar en cuanto a la regulación, la entrada o salida de los migrantes en el país, ya que ello es solo una facultad del Congreso de la Unión. | ||||
Martes 15 de Enero de 2019 | ||||
Por: La Jornada | ||||
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El Pleno determinó por unanimidad la inconstitucionalidad de ese artículo y también se precisó que los congresos locales no tienen facultades para legislar en cuanto a la regulación, la entrada o salida de los migrantes en el país, ya que ello es solo una facultad del Congreso de la Unión. Los ministros votaron a favor del proyecto presentado por ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien señaló que los congresos locales no tienen facultades para regular la estancia, tránsito y estancia de extranjeros en territorio nacional. La legislación declarada inconstitucional señala que en el estado de Jalisco “Los migrantes deberán cumplir con las siguientes obligaciones: Mostrar la documentación que acredite su identidad, cuando les sea requerida por las autoridades competentes; y proporcionar la información y datos personales que les sean solicitados por las autoridades competentes, en el ámbito de sus atribuciones”. |
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