Visita Jorge Vera el Palacio Legislativo para estar al tanto de los egresos esperados provenientes del Ramo 028. | ||||||
* Alma Delia Pérez Rojas asevera que la municipalización de tránsito, es una facultad constitucional que nos otorga la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Veracruz . * La Síndico expuso que la oficina de tránsito ahora municipalizada, es la consecuencia de un acto bien pensado y avalado de manera unánime por el cabildo en pleno. | ||||||
Jueves 22 de Noviembre de 2018 | ||||||
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Estipuló que el Ramo General 028 se refiere a los recursos que se transfieren a las entidades federativas y a los municipios, correspondientes a las participaciones en ingresos federales e incentivos económicos, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal. Recordó que al inicio de año se encontraron con la sorpresa de que los recursos llegaron muy disminuidos, razón por la cual el cabildo en pleno, optó por introducir una controversia constitucional en la Suprema Corte de Justicia con la finalidad de que esos recursos sean resarcidos. Por otra parte la Síndico del Ayuntamiento Licenciada Alma Delia Pérez Rojas expuso con claridad que la oficina de tránsito ahora municipalizada es la consecuencia de un acto bien pensado y avalado de manera unánime por el cabildo en pleno. Expuso que no es un asunto nuevo dado que muchas ciudades veracruzanas tienen su departamento de tránsito en esta modalidad y que se caracterizan por brindar un servicio eficiente tanto a los transeúntes como a los automovilistas. Aseguró que la oficina de licencias seguirá trabajando en la ciudad de Álamo tal y como ha venido sucediendo en los últimos tiempos y que en la oficina de tránsito municipalizada, todos los asuntos viales serán ventilados por la oficina y de ninguna manera será necesario acudir a ciudad distinta tal y como algunos aseveran. Aseveró que la municipalización de tránsito, es una facultad constitucional que nos otorga la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115 y además la Constitución Política del Estado de Veracruz en su artículo 71. |
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