De Veracruz al mundo
Publican protocolo para prevenir corrupción.
Al publicarse en el Diario Oficial de la Federación, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción dio a conocer el protocolo para prevenir, detectar, investigar, perseguir y sancionar el cohecho internacional en cualquiera de su modalidades.
Martes 23 de Octubre de 2018
Por: jornada.unam.mx
Foto: jornada.unam.mx
Ciudad de México.- Al publicarse en el Diario Oficial de la Federación, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción dio a conocer el protocolo para prevenir, detectar, investigar, perseguir y sancionar el cohecho internacional en cualquiera de su modalidades. Así “En la investigación y el enjuiciamiento del Cohecho Internacional no influirán consideraciones sobre las relaciones con otro Estado ni la identidad de las personas físicas o morales implicadas”.

Por otro lado, este lunes, la secretaria de la Función Pública, Arely Gómez se reunió con el el secretario general de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico para abordar la ruta para instrumentar en México la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. Durante el encuentro -informó la SFP- se reconoció que la coordinación entre las instituciones competentes.

Conforme al protocolo publicado, el protocolo enfatiza en la “La cooperación entre autoridades debe realizarse con la debida diligencia y con la finalidad de colaborar en los esfuerzos del Estado mexicano por combatir la corrupción”.

De igual forma, salvo con las restricciones constitucionales o en los tratados internacionales de derechos humanos, las autoridades del Gobierno Federal no pueden oponerse a compartir información o cooperar en las investigaciones de la Procuraduría General de la República o de la Secretaría de la Función Pública.

Asimismo, el Estado mexicano está obligado a brindar la más amplia asistencia jurídica mutua respecto de investigaciones, procesos y actuaciones judiciales a los Estados parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención Interamericana contra la Corrupción, y la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE.

Finalmente, destaca que Toda injerencia indebida o revelación de información que tenga por objeto obstruir los procesos de detección, investigación, persecución y sanción del Cohecho Internacional, debe ser denunciada ante el Órgano Interno de Control competente, la Visitaduría General de la Procuraduría General de la República y el Consejo de la Judicatura Federal.

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