El Gobierno Estatal y el ayuntamiento teniendo mayoría del paquete accionario, lo primero que deben promover, será cambiar lo dispuesto en la prelación relativa al destino de las utilidades vía las bases constitutivas de API´s, no la Ley de Puertos.
Es imperativo que la relación puerto-ciudad adquiera el carácter social que debiera tener atendiendo las normas de federalismo, los municipios otorgan, ceden y conceden toda clase de facilidades, pensando que la empleomanía generada por la actividad portuaria redundará en su beneficio, parcialmente se da el caso, mas no es comparable la trascendencia económica que beneficia a la federación con los muchos trastornos que el funcionamiento de las API’s causa a la población y administración publica, tanto municipal como estatal.
Definitivamente en la relación federación (API´s) y las entidades federativas, llámense estados o municipios, son éstos últimos la parte vulnerada, quienes llevan la peor parte, pues como antes se explicó, por estatutos, las administraciones Portuarias Integrales se benefician con procedimientos que con habilidad impuso la federación, sin tomar en consideración a las autoridades locales, es imperativo un replanteamiento y negociación de los estatutos de las API´s para incorporar en su cuerpo normativo los privilegios a que tienen derecho estados y municipios, no tendría caso, transferencia accionaria alguna, si anticipadamente las API´s tienen ya aplicado a su favor las eventuales utilidades del ejercicio fiscal.
Para que una administración portuaria contigua a la ciudad, funcione adecuadamente haciendo uso de los servicios municipales que paga éste de su peculio, de importancia capital tiene considerar el deterioro que a las carreteras causa el intenso tráfico de vehículos pesados que transportan la mercancía de los barcos, el abastecimiento de agua potable para la función del puerto y proveer a las embarcaciones, se toma normalmente de la red municipal, agravando la función del sistema de drenaje y tratamiento de aguas residuales por el vaciado de las aguas negras del puerto hacia la red municipal. Los basureros municipales reciben toda clase de desechos provenientes de la actividad portuaria y de los barcos, el riesgo de elementos patógenos exóticos es incuestionable, como atenuante, algunos puertos han proyectado incineradores, empeorando la situación pues se envían a la atmósfera de la ciudad contaminantes orgánicos como las dioxinas de muy graves consecuencias para la población.
Todo lo que sucede derivado de la actividad portuaria es delicado, la desvinculación de las autoridades del puerto con las de protección civil del Estado y municipio, causa pesadumbre al ignorar el manejo de sustancias, la amplitud de este peligro reviste características alarmantes y deberán establecerse los mecanismos de vinculación para que la autoridad local tenga informe y conocimiento sobre los productos peligrosos que maneja el puerto. !AGUAS!
Oct. 1 del 2020 lmwolf1932@gmail.com Luis Martínez Wolf |
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