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Sentencian a 15 años de prisión a exdocente del CAM de Xalapa Felipe N, por pederastia; Conductor en estado inconveniente choca contra un poste de CFE y se impacta contra otro vehículo en el bulevar Xalapa-Banderilla
MEMORANDUM 1.- Un exdocente señalado por el delito de pederastia agravada fue sentenciado a 15 años de prisión, en Xalapa. La Fiscalía General del Estado informó que la resolución se emitió luego de concluir el proceso penal en el que se acreditó la responsabilidad del imputado, por hechos cometidos en agravio de una persona menor de edad. Los hechos ocurrieron cuando Felipe Israel “N” se desempeñaba como maestro en un centro de atención múltiple de la ciudad de Xalapa. De acuerdo con la carpeta de investigación, durante ese periodo se habrían registrado conductas constitutivas del delito, lo que motivó la intervención de las autoridades y la posterior judicialización del caso. En el desarrollo del juicio, el Ministerio Público presentó elementos probatorios que permitieron sustentar la acusación y demostrar la participación del ahora sentenciado. Luego de valorar las pruebas y los argumentos de ambas partes, el órgano jurisdiccional determinó imponer una pena privativa de la libertad de 15 años, al considerar la gravedad de los hechos y la condición de vulnerabilidad de la víctima. La Fiscalía precisó que la sanción corresponde a la tipificación de pederastia agravada, al tratarse de un delito cometido por una persona que tenía una relación de confianza y autoridad frente a la víctima. Este factor fue clave para la individualización de la pena, conforme a lo establecido en la legislación vigente. Autoridades estatales señalaron que este tipo de resoluciones buscan reforzar la protección de niñas, niños y adolescentes, así como enviar un mensaje de cero tolerancia frente a delitos sexuales cometidos en entornos educativos o de atención especializada. También destacaron la importancia de denunciar oportunamente cualquier conducta que atente contra la integridad de menores. La Fiscalía reiteró su compromiso de continuar con las investigaciones necesarias para garantizar el acceso a la justicia y el acompañamiento a las víctimas, además de impulsar acciones de prevención y capacitación en instituciones educativas. Con esta sentencia, se da por concluida una etapa del proceso legal, quedando el condenado sujeto al cumplimiento de la pena impuesta por la autoridad judicial…. UN VEHÍCULO se impactó contra un poste de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y terminó causando daños a otro vehículo que circulaba sobre el bulevar Xalapa–Banderilla, lo que provocó la movilización de los cuerpos de emergencia y corporaciones policiacas. El percance ocurrió a la altura de la colonia 21 de Marzo, cuando un Volkswagen Jetta color guinda circulaba sobre el citado bulevar y su conductor perdió el control de la unidad. El vehículo terminó impactándose de manera directa contra un poste de energía eléctrica, lo que provocó que el automóvil se proyectara hacia otro carril y colisionara con un segundo Jetta, en el que viajaban dos personas. Testigos de los hechos señalaron que el conductor del Jetta rojo, un joven que aparentemente se encontraba en estado inconveniente, no logró maniobrar adecuadamente antes del impacto. La fuerza del impacto generó daños tanto en la infraestructura de la CFE como en los dos vehículos involucrados, lo que obligó a reducir la circulación durante varios minutos. Al sitio acudieron paramédicos de la agrupación SVEP, quienes brindaron atención prehospitalaria a los ocupantes de ambas unidades. Luego de una valoración médica, se confirmó que ninguno de los involucrados presentaba lesiones que ameritaran traslado hospitalario, por lo que el incidente fue clasificado con saldo de daños materiales. Minutos después arribaron elementos de la Policía Estatal para tomar conocimiento de los hechos y realizar las diligencias correspondientes. Durante la revisión inicial, el conductor responsable intentó evadir su responsabilidad al proporcionar datos falsos, asegurando ser menor de edad. Sin embargo, tras verificar su identidad, los oficiales confirmaron que el joven había mentido sobre su edad. Ante esta situación, fue detenido y trasladado al cuartel de San José, donde se determinará su situación jurídica conforme a la ley.
Sheinbaum emite decreto que elimina impuesto a videojuegos violentos
MEMORANDUM 2.-La presidenta Claudia Sheinbaum emitió un decreto hoy por el que se exime del pago del cien por ciento del impuesto de 8 por ciento a los videojuegos violentos, que se incluyó en la Ley de Ingresos que entra en vigor mañana. El decreto, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este 31 de diciembre establece un estímulo fiscal para que quienes vendan o distribuyan esos videojuego violentos “con contenido violento o extremo o para adultos, no aptos para menores de 18 años” no paguen ese Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), incluido en la Ley de Ingresos del 2026. La propia Presidenta declaró en días pasados que era complicada la instrumentación de ese gravamen que además no representa una contribución fiscal relevante. La otra opción era que el Congreso modificara la Ley de Ingresos, pero dado que entra en vigor mañana primero de enero, no había tiempo y la presidenta de la república hizo uso de su facultad y emitió el decreto con el estímulo que exenta del el pago de ese 8 por ciento. Beneficia a "enajenantes de videojuegos con contenido violento, extremo o para adulto, no apto para personas menores de 18 años, en formato físico, que estén obligados a pagar el impuesto especial sobre producción y servicios, de conformidad con el artículo 2o., fracción I, inciso K de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios”. Igualmente a “residentes en el extranjero sin establecimiento en México y residentes en el país que proporcionen en territorio nacional servicios digitales que permitan el acceso o descarga de videojuegos con contenido violento, extremo o para adulto, no apto para personas menores de 18 años, que estén obligados a pagar el impuesto especial sobre producción y servicios, de conformidad con el artículo 2o., fracción II, inciso D) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios”. Esos contribuyentes no pagarán cantidad alguna: “Dado que los contribuyentes que proporcionen el acceso o descarga de los mencionados videojuegos vía servicio digital, incluyendo los que se proporcionen a través de plataformas digitales de intermediación, que apliquen el citado estímulo fiscal no pagarán cantidad alguna por concepto de dicho impuesto por esa actividad, también se estima conveniente relevarlos de las obligaciones fiscales que se establecen en los artículos 5o.-A BIS y 20-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, únicamente respecto del impuesto especial sobre producción y servicios; en consecuencia, los contribuyentes no se ubicarán en los supuestos de incumplimiento que dará lugar al bloqueo temporal del acceso al servicio digital que permita dicho acceso o descarga. Se precisa, sin embargo, que “dicho estímulo fiscal será acreditable contra el IEPS que deba pagarse por las citadas actividades y sólo será procedente en tanto no se traslade al adquirente del bien o servicio cantidad alguna por concepto del citado impuesto, a efecto de evitar que los beneficiarios del estímulo fiscal obtengan un beneficio indebido. “El estímulo fiscal consiste en una cantidad equivalente al 100% del impuesto especial sobre producción y servicios que deba pagarse en la enajenación de los videojuegos a que se refiere la fracción I del presente artículo o en la prestación de los servicios a que se refiere la fracción II del mismo artículo y sólo será procedente en tanto no se traslade al adquirente del bien o servicio cantidad alguna por concepto del citado impuesto. El estímulo fiscal será acreditable contra el impuesto especial sobre producción y servicios que deba pagarse por la realización de las citadas actividades”. Asimismo, la aplicación del estímulo establecido en este artículo, no dará lugar a devolución o compensación alguna y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) queda facultado para emitir las reglas de carácter general necesarias para la debida y correcta aplicación del estímulo fiscal, así como de las demás disposiciones del presente decreto”. El estímulo entra en vigor este primero de enero del 2026.
Buen Gobierno sanciona a tres empresas por proporcionar información falsa en licitaciones federales; la inhabilitación será solo por unos meses
MEMORANDUM 3.- La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno anunció la aplicación de sanciones contra tres empresas privadas tras detectar que proporcionaron información falsa para intentar ganar contratos públicos. Las compañías señaladas son Ravisa Autos del Oriente, Gen Industrial y Escore Alimentos, las cuales han quedado inhabilitadas para participar en cualquier proceso de contratación o celebrar convenios con la administración pública federal durante los próximos meses. En el caso de Ravisa Autos del Oriente, la autoridad impuso una multa de 175 mil 367 pesos y una prohibición de tres meses para trabajar con el gobierno. Esta medida se tomó luego de comprobarse que la empresa entregó datos falsos en sus documentos fiscales durante una licitación nacional destinada a la compra de camionetas pick up nuevas. La irregularidad fue detectada específicamente en la constancia que acredita el cumplimiento de sus aportaciones patronales, un requisito indispensable para garantizar la transparencia de los proveedores. Por su parte, las empresas Gen Industrial y Escore Alimentos recibieron multas individuales de 157 mil 685 pesos, junto con la restricción de tres meses para operar con instituciones públicas. Gen Industrial fue sancionada por presentar documentación engañosa en un concurso relacionado con el servicio de recolección de residuos para la Secretaría de Salud. En tanto, Escore Alimentos incurrió en faltas similares al falsear su opinión de cumplimiento de obligaciones de seguridad social mientras buscaba obtener el contrato para el servicio de alimentación de pacientes y personal médico. Las resoluciones fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, lo que oficializa el ingreso de estas compañías al Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados. La secretaría destaca que las sanciones se aplicaron bajo criterios de proporcionalidad y con estricto apego a la ley, priorizando la protección del dinero público frente a intentos de engaño por parte de particulares.

 

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