| T- MEC no previene la violencia digital; defensores de usuarios piden renegociar el Capítulo 19. | ||||||
| Ante esta situación advirtieron que el Capítulo 19 del T-MEC no debe renegociarse sin modificaciones. Si se deja tal como está “esa impunidad quedará sellada con vigencia renovada, las empresas deben respetar las normas de orden público de los países donde hacen negocio.” | ||||||
| Miércoles 03 de Junio de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
En la presentación de la investigación Digitalidad y derechos humanos: Los riesgos del T-MEC en materia de servicios digitales, un análisis sustentado en investigación académica, argumentación jurídica y acompañamiento a víctimas de violencia digital, precisaron que en México, cerca de 19 millones de mujeres de entre 18 y 30 años han sido víctimas de acoso en internet, según datos del Módulo sobre Ciberacaso del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (MOCIBA INEGI 2026). A eso se suman casi 3 millones de niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años que han denunciado violencia digital y 760 mil que han recibido contenido agresivo o inapropiado en plataformas. Ante esta situación advirtieron que el Capítulo 19 del T-MEC no debe renegociarse sin modificaciones. Si se deja tal como está “esa impunidad quedará sellada con vigencia renovada, las empresas deben respetar las normas de orden público de los países donde hacen negocio.” El Artículo 19.17 del T-MEC deslinda a las plataformas de responsabilidad por estos contenidos, incluyendo los que sus propios algoritmos amplifican, dejando impune una práctica sistemática. “En México, nadie está poniendo atención en el tema de comercio digital. A pesar de ver casos en los que las mismas plataformas digitales están siendo duramente cuestionadas también en su país porque tienen demandas de cientos de familias por el modelo de negocios que vulnera la salud mental, genera ansiedad, depresión y adicción en niños, niñas y adolescentes. Ahí queremos poner la mirada: en su responsabilidad con las personas usuarias” explicó Marcela Hernández Oropa, fundadora de la Red Latinoamericana de Defensoras Digitales. Eloy Caloca, investigador PUEDJS-UNAM dijo que “celebramos la alianza estratégica y oportuna que hoy compartimos con el Movimiento Ley Olimpia, Defensoras Digitales y la Barra Mexicana de Abogados. Estamos orgullosos de sumarnos a esta iniciativa valiosa e histórica que hoy nos lleva a interpelar y a hacer una exigencia ciudadana. Nunca más acuerdos comerciales o internacionales sin la participación de todas y todos”. El acto reunió a instituciones públicas y privadas, organismos internacionales, academia, sociedad civil, representantes de embajadas de Estados Unidos y Canadá, así como sobrevivientes de violencia digital, con el objetivo de impulsar una propuesta concreta de reforma al Capítulo 19 del T-MEC sobre Comercio Digital, desde una perspectiva de derechos humanos y justicia digital. El investigador académico del programa universitario, Dardo Neubauer, recalcó que para que una víctima de violencia digital en México pueda obtener justicia efectiva deben confluir tres condiciones simultáneas: autoridades nacionales deben tener acceso oportuno a la evidencia digital, deben poder exigir rendición de cuentas y auditar los sistemas algorítmicos que amplifican o moderan la violencia y la plataforma debe estar sujeta a un régimen efectivo de obligaciones y eventuales responsabilidades. Añadió que los artículos, el 19.12, 19.16 y 19.17 del T-MEC, como están actualmente, “bloquean cada una de estas tres condiciones”. Las actuales disposiciones de la renegociación del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadáno tienen una disposición expresa que obligue a las empresas tecnológicas a someterse a la jurisdicción de los países donde operan y donde residen sus consumidoras. Eso significa que las plataformas digitales y sus equivalentes podría hacer negocios en México sin que ninguna autoridad mexicana pueda auditarlas de manera efectiva, exigirles evidencia cuando hay un delito, ni obligarlas a rendir cuentas por lo que ocurre en sus plataformas. Las consecuencias de ese vacío no son abstractas El doctor John Ackerman, director del PUEDJS-UNAM y Tlatelolco Lab, indicó que “casi cualquier país tiene mayores protecciones y regulación de la esfera digital que México. Existe una verdadera ley de la selva que hemos diagnosticado desde la UNAM.” En las disposiciones que desde enero se renegocian sobre esta materia, el Artículo 19.16 del T-MEC entorpece el acceso ágil de las autoridades a evidencia digital, y las plataformas no están obligadas a cooperar de forma inmediata para evitar daños de imposible reparación. A esto se suma lo que las Defensoras Digitales han documentado en su Informe diagnóstico de implementación de la Ley Olimpia: conforme ha crecido el poder de las corporaciones tecnológicas, también se ha multiplicado la violación a la intimidad sexual de mujeres y niñas, se han ampliado las oportunidades para ejercer violencias digitales sin posibilidad de rastrear a los agresores, y se han masificado contenidos que promueven la discriminación de género y la apología de las violencias sexuales. Olimpia Coral Melo Cruz, fundadora del Movimiento Ley Olimpia indicó que se exige “algo claro: que sea no sin nosotras y no con censura algorítmica” agregó que el estudio de investigadores y las investigadoras jurídicas tiene 3 cambios en el 19.12, en el 19.16 y en el 19.17 de Capítulo de comercio digital en el T-MEC. “Es necesario el acceso del código fuente de los datos y por supuesto la responsabilidad de las plataformas digitales, porque la arquitectura jurídica hoy desgraciadamente podría proteger solo los intereses de las plataformas por encima de la seguridad y de la ciudadanía lo cual impide que nuestro país pueda ejercer la eficacia de sus propias legislaciones, como la Ley Olimpia”. |
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