De Veracruz al mundo
Organizaciones piden a SCJN revisar reglamento de asilo por afectar a migrantes.
La medida, afirmaron, impone cargas desproporcionadas y discriminatorias e incentiva el abandono del procedimiento, vulnerando el principio de No Devolución (non-refoulement). Además, advirtieron, cualquier incumplimiento con las firmas ante la Comar se “se castiga” con la conclusión automática del procedimiento.
Lunes 18 de Mayo de 2026
Por: La Jornada
Foto: .Jair Cabrera Torres
Ciudad de México.- Diversas organizaciones defensoras de derechos humanos de migrantes hicieron un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que revise el Reglamento de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político al considerar que obstaculiza las garantías de las personas en movilidad.

El Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), el Bloque Latinoamericano Sobre Migración —integrado por Casa del Migrante de Saltillo, Fundación para la Justicia, y otras 40 organizaciones—, entre otros, indicaron que el artículo 24 del Reglamento de dicha Ley “atenta” contra la integración laboral y socioeconómica de las personas con necesidades de protección internacional, al obligarlas a faltar a sus empleos un día a la semana para presentarse a firmar ante Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) y a permanecer en ciudades donde iniciaron el proceso (muchas de ellas con escasa oferta laboral e inseguridad).



La medida, afirmaron, impone cargas desproporcionadas y discriminatorias e incentiva el abandono del procedimiento, vulnerando el principio de No Devolución (non-refoulement). Además, advirtieron, cualquier incumplimiento con las firmas ante la Comar se “se castiga” con la conclusión automática del procedimiento.

Lo anterior, dijeron, pone en riesgo a las personas que buscan protección internacional porque su vida corre peligro en sus países, al restringir el derecho al libre tránsito “sin justificación” alguna.

En abril de 2025, el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) promovió el Amparo en Revisión 429/2025 con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 24 del Reglamento de la Ley de Asilo, y desde enero de 2026 sigue pendiente su análisis ante la SCJN para eliminarlo.

“La disposición es excesiva y resulta innecesaria, pues no existe una justificación clara para esta exigencia, al imponer cargas desproporcionadas y diferenciadas exclusivamente a las personas solicitantes de asilo”, señalaron las organizaciones.

Ello, insistieron, pese a que la Comar carece de facultades de vigilancia migratoria y que las personas cuentan con una estancia migratoria regular a través de una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias -misma que el Instituto Nacional de Migración debe otorgarles por ser solicitantes de asilo-, colocándolas en riesgo de detención migratoria y posible deportación, pese a su necesidad de protección.

Las organizaciones firmantes recordaron que el proceso de reconocimiento de la condición de persona refugiada es un mecanismo de protección internacional y no una herramienta de control migratorio.

“Urgimos a la SCJN a declarar inconstitucional el artículo y apostar por la reanudación del procedimiento de asilo de las personas afectadas, en el lugar donde se encuentren, y garantizar que la normativa mexicana sea congruente con los tratados internacionales de derechos humanos”, aseveraron.

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