| Isidro Pastor, ex líder del PRI en Edomex, gana recurso provisional contra orden de captura. | ||||||
| n noviembre del año pasado fue detenido y presentado ante una juez federal, sin embargo, una semana después abandonó el penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, luego de que una juez de distrito lo exonerara del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que le imputó la Fiscalía General de la República (FGR), por la compra de un inmueble en 2013. | ||||||
| Jueves 22 de Enero de 2026 | ||||||
| Por: La Jornada | ||||||
En noviembre del año pasado fue detenido y presentado ante una juez federal, sin embargo, una semana después abandonó el penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, luego de que una juez de distrito lo exonerara del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita que le imputó la Fiscalía General de la República (FGR), por la compra de un inmueble en 2013. Un juez le impuso a Isidro Pastor el pago de una garantía de 50 mil pesos para que la suspensión se mantenga vigente, para lo cual cuenta con un plazo de cinco días. El exdirigente del PRI estatal, quien promovió el juicio de amparo el pasado 19 de enero contra actos de jueces de distrito con sede en el Reclusorio Sur en Ciudad de México, tendrá que pagar una garantía de 50 mil pesos en un plazo de cinco días para que la medida cautelar se mantenga vigente. Jorge Adrián Cruz Flores, titular del Juzgado Tercero de Distrito en materia Penal con residencia en Toluca, estado de México, pidió a las autoridades responsables su informe justificado, que deberán rendir con la debida anticipación que permita su conocimiento al quejoso; es decir, al menos ocho días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia constitucional, donde determinará si le concede la suspensión definitiva. El juzgador señaló que la suspensión es para efecto de que Pastor Medrano no sea aprehendido en caso de se acusado por delitos que no ameriten prisión oficiosa, aunque deberá presentarse ante el juez de la causa para la continuación del proceso penal, para lo cual contará con un plazo de tres días, contado a partir de la notificación, de lo contrario, la medida cautelar será revocada. |
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