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Tribunal Electoral avala nuevos topes de campaña para candidatos a elección judicial; podrán gastar desde 220 mil y hasta 1.4 mdp.
El pasado 12 de marzo, el Tribunal Electoral revocó el primer acuerdo del INE respecto a topes de gastos personales de campaña y le ordenó dictar nuevo con momentos diferenciados para cada tipo de elección.
Miércoles 26 de Marzo de 2025
Por: animalpolitico.com
Foto: .Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se determinaron los nuevos topes de gastos personales de campaña que podrán utilizar las y los candidatos a la elección judicial.


De esta forma, por mayoría de votos quedó establecido que las y los aspirantes que compitan a un puesto como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistrado del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y de la Sala Superior del Tribunal Electoral podrán gastar hasta un millón 468 mil 841.33 pesos.

Mientras que las y los candidatos que participen por un puesto como magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral podrán gastar hasta 881 mil 304.80 pesos; quienes compitan por un cargo de magistrado en los Tribunales de Circuito y de Apelación podrán ejercer hasta 413 mil 111.63 pesos y las y los candidatos que busquen un lugar en los juzgados de distrito podrán erogar hasta 220 mil 326.20 pesos.


El pasado 6 de marzo, el Consejo General del INE determinó que los candidatos que participarán en la elección judicial tendrían un tope máximo de gastos de campaña por persona de 220 mil 326 pesos, monto que serviría para cubrir gastos personales, viáticos y traslados, equivalente a un gasto diario de 3 mil 672 pesos, sin importar si compiten para un puesto como juez, magistrado o ministro.


Según el proyecto discutido por el Consejo General del INE, este tope de gastos coincide con lo que se permite a las candidaturas independientes a diputaciones federales.

Luego de la resolución, Emanuel Montiel Flores, candidato a una magistratura del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) y dos candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) impugnaron el acuerdo (INE/CG200/2025) por el que se determinaron los topes de gastos personales.

Los tres demandantes argumentaron que dicho acuerdo vulneró sus derechos a ser votados, así como el principio de equidad en la contienda, puesto que las candidaturas estatales y regionales tendrían mayor facilidad y disponibilidad de recursos para realizar actos de campaña, lo que limitaría el recurso para el caso de candidaturas nacionales.


Además, señalaron que el INE interpretó indebidamente el artículo 522, numeral II de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que limita los gastos personales de campaña, y que se omitieron analizar otras formas de cuantificar el tope máximo de gastos de campañas.


De estas forma, el asunto llegó al Tribunal Electoral que el 12 de marzo, por mayoría de votos, revocó el acuerdo y ordenó al instituto dictar uno nuevo en el que fije montos diferenciados para cada tipo de elección, contando con libertad de criterio técnico para fijar los montos máximos de gastos personales de campaña a partir de la base normativa aplicable.

Así, en sesión del 20 de marzo de 2025, el Consejo General del INE determinó nuevos topes de gastos de campaña para las candidaturas que participarán en el proceso electoral para la primera elección del Poder Judicial, resolución que se dio en acatamiento a la sentencia SUP-JE-11/2025 y sus acumulados.


De acuerdo con un comunicado del INE, para calcular estos topes de gastos personales de campaña se usó como base el equivalente al límite de aportaciones en lo individual para una candidatura independiente a una diputación federal.


Además, se tomaron en cuenta los elementos que diferencian el tipo de elección, como el órgano y el territorio que abarcan los comicios, es decir, nacional, circunscripción plurinominal, circuito y distrito judiciales.

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