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XALAPA.- Luego del fuerte diferendo que actores políticos de Estados Unidos han tenido con el gobierno de México por el tema del fentanilo, el grupo parlamentario de Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados aprobaron el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquina para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimido. De acuerdo con el diputado federal Sergio Gutiérrez Luna, también conocido en Veracruz como Gutierritos, la reforma busca imponer de 10 a 15 años de prisión a la persona que desvíe o haga uso de precursores químicos o químicos esenciales para la producción de drogas sintéticas, como el fentanilo. Gutiérrez Luna expresó que, con esta acción legislativa, se respalda el trabajo que realiza el presidente Andrés Manuel López Obrador contra la producción y uso de drogas. Explicó que esta reforma aprobada en el cierre de este periodo ordinario buscará prevenir, detectar y evitar el desvío o uso de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, para la producción de drogas sintéticas. La reforma también prohíbe la importación o exportación de estas sustancias por vía postal, mensajería o paquetería. De igual forma, otorga diversas facultades a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). Se establece que la persona que desvíe o haga uso de precursores químicos o químicos esenciales para la producción de drogas sintéticas, conocida en el mercado ilegal como fentanilo, se le impondrá pena de 10 a 15 años de prisión y multa equivalente al 10 por ciento de los ingresos obtenidos por dichas actividades. A la persona que tenga en posesión precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas, o comprimidos en territorio nacional, que no cuente con las autorizaciones o permisos, se le impondrá pena de 7 a 10 años de prisión y multa de mil a 5 mil el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Igualmente, se castigará con cárcel de 5 a 10 años, y multa de 5 mil a 10 mil meses el valor diario de la UMA, a las empresas y personas sociales que sean utilizadas como instrumentos para desviar precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos, en el territorio nacional.
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