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Daniel García y Reyes Alpízar: 'Limpiamos nuestro nombre' con la sentencia de la Corte IDH.
Daniel García y Reyes Alpízar fueron acusado por un homicidio que no cometieron y pasaron más de 17 años en prisión; celebran sentencia de la Corte IDH a su favor
Miércoles 12 de Abril de 2023
Por: SDP Noticias.com
Foto: SDPnoticias.com
Ciudad de México.- Daniel García y Reyes Alpízar celebraron la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra México, donde se reconocen las violaciones a sus derechos humanos, tras pasar más de 17 años en prisión preventiva oficiosa.

“Limpiamos nuestro nombre”, es lo que ambos hombres destacan de la sentencia de la Corte IDH que establece que todo el aparato del Estado mexicano violó sus derechos humanos.

Este 12 de abril de 2023, la Corte leyó su sentencia contra México en el caso Daniel García y Reyes Alpízar, en la cual también ordenó al país eliminar la figura de arraigo y regular la prisión preventiva, lo que podría tener un impacto en la Constitución mexicana.

En este sentido, Daniel García y Reyes Alpízar, acompañados de sus abogados, ofrecieron una conferencia de prensa para exponer su posicionamiento y explicar los alcances de la decisión de la Corte IDH.

Daniel García y Reyes Alpízar esperaron más de 20 años para que creyeran en su inocencia
Reyes Alpízar, a quien hace algunas semanas absolvieron por el delito que ninguno de los dos hombres cometió, resaltó que está satisfecho con la lucha que realizaron para demostrar su inocencia.

“Es un día especial, y estoy satisfecho porque después de todo este caminar, de todo el sufrimiento desde el principio, tocando puertas, platicando mil veces a todas las autoridades que yo no había cometido este delito, nadie me entendía, pasaron muchos años y este día se cumplió”.

REYES ALPÍZAR


El hombre lamentó que tuvieron que pasar más de 20 años para que una instancia internacional le creyera que era inocente y que aunque la sentencia de la Corte IDH establezca una reparación del daño, nada le podrá regresar los proyectos de vida interrumpidos por una injusticia.

Por su parte, Daniel García resaltó la fuerza que ellos, sus familias y sus abogados tuvieron para luchar por demostrar que no fueron los responsables del homicidio de María de los Angeles Tamés Pérez, regidora del municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, en 2001, delito por el que fueron detenidos.

“Para nosotros representa algo que quizás sea sencillo pero es muy importante: el hecho de que esta sentencia es limpiar nuestro nombre”.

DANIEL GARCÍA


¿Qué sigue tras la sentencia de la Corte IDH contra México en el caso Daniel García y Reyes Alpízar?
En cuanto a los alcances de la sentencia de la Corte IDH contra México en el caso Daniel García y Reyes Alpízar, los abogados Simón Hernández y David Peña explicaron qué sigue en el proceso, tanto de manera particular como a nivel nacional.


Primero, el abogado Hernández explicó que la Corte estableció que la prisión preventiva oficiosa en México es una medida punitiva que no solo vulnera la libertad personal y la presunción de inocencia, también es una pena anticipada.

“Las personas van a prisión mientras están siendo investigadas y esto, según la Corte, es una medida discriminatoria, no es idónea, no es necesaria, no tiene una finalidad cautelar, es una pena anticipada porque nada es relevante, la persona es encarcelada sin importar nada más que el delito que supuestamente cometió”.

ABOGADO SIMÓN HERNÁNDEZ


En México, el artículo 19 constitucional establece una lista de delitos que de manera automática, oficiosa, merecen prisión preventiva, es decir, que no es necesario que se justifique la privación de la libertad ni que un juez lo analice. Esto es lo que la Corte IDH ordenó regular.

Además, el abogado dijo que tras la sentencia de la Corte, “cada día que un juez no inaplica la prisión preventiva oficiosa está violando las disposiciones del organismo”.


Personas con prisión preventiva oficiosa pueden solicitar revisión de su medida ante un juez
Otro alcance de la sentencia de la Corte IDH del caso Daniel García y Reyes Alpízar es que a partir de este 12 de abril, las personas en prisión preventiva oficiosa podrán solicitar a un juez la revisión de su medida cautelar.

De acuerdo con el abogado David Peña, lo que la Corte estableció es que el artículo 19 de la Constitución mexicana es contrario a la Convención Americana de Derechos Humanos, es decir , es inconvencional.

“Ahora, todos los jueces de México tienen ya la obligación de atender solicitudes de personas en prisión preventiva oficiosa para que su medida sea revisada, no es libertad inmediata, implica es que las personas tendrá posibilidad de que se revise la necesidad de que estén o no en prisión”.

DAVID PEÑA


David Peña resaltó, ante posibles críticas a la sentencia de la Corte IDH, que lo anterior no significa libertad “automática” ni que se va a destruir ni derribar la estrategia de seguridad del estado mexicano.

Sobre los procesos penales, recordó que Reyes Alpízar ya fue absuelto por el delito que le imputaron y no cometió, sin embargo, el de Daniel García sigue vigente, por lo que pidió a la SCJN conozca del asunto y deje sin efecto la acusación en su contra.


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